Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2025-7335)
Resolución de 25 de marzo de 2025, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por concurso oposición, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Celador/a.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Viernes 11 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 50678

que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
6.6 El abono de los derechos de participación en las presentes pruebas selectivas
o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención
total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En caso contrario se procederá a la exclusión de la persona aspirante.
6.7 En ningún caso el pago de la tasa de los derechos de participación en este
proceso selectivo o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de
exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
6.8 Se advierte, que, dadas las dificultades existentes para comprobar de forma
fehaciente a través de la plataforma de intermediación de datos, las causas de exención
en la tasa de aquellas personas aspirantes que residen en Ceuta y Melilla, las mismas,
deberán aportar la documentación acreditativa especificada correspondiente a cada
causa de exención total o parcial.
6.9 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con
la única finalidad de la gestión de este proceso selectivo y las comunicaciones
necesarias para ello. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se
publicará en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales. La base legal para el tratamiento de estos datos son la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Acceso de personas con discapacidad

7.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
general, que únicamente podrán presentarse por este cupo, deberán acreditar que
cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % mediante el certificado de
discapacidad y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el
proceso selectivo.
7.2 Con independencia de que hagan uso o no de la reserva para personas con
discapacidad, las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en
el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos de las pruebas del proceso selectivo. Las personas interesadas deberán
formular la petición correspondiente al solicitar la participación en el proceso selectivo.
7.3 Con este fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
7.4 También deberán aportar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano
técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las
circunstancias que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de
que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación
solicitada.
8.

Admisión de personas aspirantes

8.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección del INGESA
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista
provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del INGESA, y en el
Portal Funciona se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las

cve: BOE-A-2025-7335
Verificable en https://www.boe.es

7.