Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. III. Otras disposiciones. Arrendamientos urbanos. (BOE-A-2025-7279)
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se actualiza el sistema de índices de precios de referencia a los efectos de lo establecido en el artículo 17.7 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Jueves 10 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 50364

Segundo.
El sistema estatal de índices de precios de referencia se establece por ámbitos
territoriales, atendiendo a las secciones censales para las que se dispone de datos para
la determinación del rango de valores individualizados de referencia, de acuerdo con la
metodología de fecha 3 de marzo de 2025 y los datos de referencia que se encuentran
publicados en el portal de Internet del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, a través
del siguiente enlace:
https://www.mivau.gob.es/vivienda/alquila-bien-es-tu-derecho/serpavi.
Tercero.
La fijación del límite máximo de la renta de los nuevos contratos de arrendamiento de
vivienda en los supuestos recogidos en el referido artículo 17.7 de la Ley 29/1994, de 24
de noviembre, se llevará a cabo de acuerdo con la metodología indicada, tomando el
valor superior del rango de valores individualizados que resultan de la localización y de
las diferentes características de la vivienda objeto de arrendamiento, facilitándose una
aplicación en línea a la que se accede a través del portal de Internet del Ministerio de
Vivienda y Agenda Urbana.
Cuarto.
Esta resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

cve: BOE-A-2025-7279
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 8 de abril de 2025.–El Secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana,
David Lucas Parrón.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X