Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-7193)
Real Decreto 212/2025, de 18 de marzo, por el que se regulan aspectos específicos de los grados A, B y C de Formación Profesional para las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Comercio y Marketing; y Marítimo-Pesquera.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 49840
educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos
básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición
de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Anexo IX: Título de Técnico
Básico en Servicios Comerciales.
b) Técnico en Actividades Comerciales, establecido por el Real Decreto 1688/2011,
de 18 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico en Actividades
Comerciales y se fijan sus enseñanzas mínimas.
c) Técnico en Comercialización de Productos Alimentarios, establecido por el Real
Decreto 189/2018, de 6 de abril, por el que se establece el título de Técnico en
Comercialización de Productos Alimentarios y se fijan los aspectos básicos del currículo.
d) Técnico Superior en Marketing y Publicidad, establecido por el Real
Decreto 1571/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Marketing y Publicidad y se fijan sus enseñanzas mínimas.
e) Técnico Superior en Transporte y Logística, establecido por el Real
Decreto 1572/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico
Superior en Transporte y Logística y se fijan sus enseñanzas mínimas.
f) Técnico Superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales, establecido por
el Real Decreto 1573/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales y se fijan sus
enseñanzas mínimas.
g) Técnico Superior en Comercio Internacional, establecido por el Real
Decreto 1574/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico
Superior en Comercio Internacional y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Familia Profesional: Marítimo-Pesquera.
a) Técnico Básico en Actividades Marítimo-Pesqueras, establecido por el Real
Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación
Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.
Anexo VI: Título de Técnico Básico en Actividades Marítimo-Pesqueras.
b) Técnico en Cultivos Acuícolas, establecido por el Real Decreto 254/2011, de 28
de febrero, por el que se establece el título de Técnico en Cultivos Acuícolas y se fijan
sus enseñanzas mínimas.
c) Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y
Embarcaciones, establecido por el Real Decreto 1072/2012, de 13 de julio, por el que se
establece el título de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y
Embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas.
d) Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas, establecido por el Real
Decreto 1073/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en
Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas y se fijan sus enseñanzas mínimas.
e) Técnico en Navegación y Pesca de Litoral, establecido por el Real
Decreto 1144/2012, de 27 de julio, por el que se establece el título de Técnico en
Navegación y Pesca de Litoral y se fijan sus enseñanzas mínimas.
f) Técnico Superior en Acuicultura, establecido por el Real Decreto 1585/2011, de 4
de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Acuicultura y se
fijan sus enseñanzas mínimas.
g) Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura, establecido por el
Real Decreto 1691/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura y se fijan sus enseñanzas
mínimas.
h) Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y
Embarcaciones, establecido por el Real Decreto 1075/2012, de 13 de julio, por el que se
establece el título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria
de Buques y Embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas.
cve: BOE-A-2025-7193
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 49840
educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos
básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición
de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Anexo IX: Título de Técnico
Básico en Servicios Comerciales.
b) Técnico en Actividades Comerciales, establecido por el Real Decreto 1688/2011,
de 18 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico en Actividades
Comerciales y se fijan sus enseñanzas mínimas.
c) Técnico en Comercialización de Productos Alimentarios, establecido por el Real
Decreto 189/2018, de 6 de abril, por el que se establece el título de Técnico en
Comercialización de Productos Alimentarios y se fijan los aspectos básicos del currículo.
d) Técnico Superior en Marketing y Publicidad, establecido por el Real
Decreto 1571/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Marketing y Publicidad y se fijan sus enseñanzas mínimas.
e) Técnico Superior en Transporte y Logística, establecido por el Real
Decreto 1572/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico
Superior en Transporte y Logística y se fijan sus enseñanzas mínimas.
f) Técnico Superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales, establecido por
el Real Decreto 1573/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales y se fijan sus
enseñanzas mínimas.
g) Técnico Superior en Comercio Internacional, establecido por el Real
Decreto 1574/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico
Superior en Comercio Internacional y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Familia Profesional: Marítimo-Pesquera.
a) Técnico Básico en Actividades Marítimo-Pesqueras, establecido por el Real
Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación
Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.
Anexo VI: Título de Técnico Básico en Actividades Marítimo-Pesqueras.
b) Técnico en Cultivos Acuícolas, establecido por el Real Decreto 254/2011, de 28
de febrero, por el que se establece el título de Técnico en Cultivos Acuícolas y se fijan
sus enseñanzas mínimas.
c) Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y
Embarcaciones, establecido por el Real Decreto 1072/2012, de 13 de julio, por el que se
establece el título de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y
Embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas.
d) Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas, establecido por el Real
Decreto 1073/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en
Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas y se fijan sus enseñanzas mínimas.
e) Técnico en Navegación y Pesca de Litoral, establecido por el Real
Decreto 1144/2012, de 27 de julio, por el que se establece el título de Técnico en
Navegación y Pesca de Litoral y se fijan sus enseñanzas mínimas.
f) Técnico Superior en Acuicultura, establecido por el Real Decreto 1585/2011, de 4
de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Acuicultura y se
fijan sus enseñanzas mínimas.
g) Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura, establecido por el
Real Decreto 1691/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura y se fijan sus enseñanzas
mínimas.
h) Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y
Embarcaciones, establecido por el Real Decreto 1075/2012, de 13 de julio, por el que se
establece el título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria
de Buques y Embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas.
cve: BOE-A-2025-7193
Verificable en https://www.boe.es
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