Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y CooperaciónV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Préstamos hipotecarios. Índices. (BOE-B-2025-13222)
Extracto de la Orden de 9 de abril de 2025 por la que se convoca la concesión de subvenciones para la asistencia jurídica a ciudadanos españoles que afronten condenas de pena de muerte para el ejercicio 2025
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 19910
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
13222
Extracto de la Orden de 9 de abril de 2025 por la que se convoca la
concesión de subvenciones para la asistencia jurídica a ciudadanos
españoles que afronten condenas de pena de muerte para el ejercicio
2025
BDNS(Identif.):826063
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
826063)
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas la propia persona física de
nacionalidad española que se enfrente a la pena de muerte y otras personas
físicas, españolas o extranjeras, o entidades sin ánimo de lucro, domiciliadas en
España o en el extranjero.
Segundo. Finalidad:
El objeto de las subvenciones es la concesión de ayudas económicas
destinadas a coadyuvar a la defensa jurídica de ciudadanos españoles sometidos
a juicio en el extranjero acusados de delitos que en el ordenamiento aplicable se
puedan castigar con pena de muerte. También podrán ser utilizadas estas
subvenciones en los procesos de revisión o repetición de juicios, de recursos de
sentencias condenatorias o de solicitud de indulto o conmutación de pena a favor
de aquellos que ya hayan sido condenados a la pena de muerte.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden AEC/1586/2013, de 21 de agosto, publicada en el BOE número 208, de
30 de agosto de 2013.
Cuarto. Importe:
El importe total máximo será de 30.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Madrid, 9 de abril de 2025.- El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación. P.D. (Orden AUC/462/2021, de 28 de abril), La Directora General de
Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, Carolina de Manueles Álvarez.
ID: A250016314-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2025-13222
Verificable en https://www.boe.es
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del
día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del
Estado.
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 19910
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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
13222
Extracto de la Orden de 9 de abril de 2025 por la que se convoca la
concesión de subvenciones para la asistencia jurídica a ciudadanos
españoles que afronten condenas de pena de muerte para el ejercicio
2025
BDNS(Identif.):826063
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
826063)
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas la propia persona física de
nacionalidad española que se enfrente a la pena de muerte y otras personas
físicas, españolas o extranjeras, o entidades sin ánimo de lucro, domiciliadas en
España o en el extranjero.
Segundo. Finalidad:
El objeto de las subvenciones es la concesión de ayudas económicas
destinadas a coadyuvar a la defensa jurídica de ciudadanos españoles sometidos
a juicio en el extranjero acusados de delitos que en el ordenamiento aplicable se
puedan castigar con pena de muerte. También podrán ser utilizadas estas
subvenciones en los procesos de revisión o repetición de juicios, de recursos de
sentencias condenatorias o de solicitud de indulto o conmutación de pena a favor
de aquellos que ya hayan sido condenados a la pena de muerte.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden AEC/1586/2013, de 21 de agosto, publicada en el BOE número 208, de
30 de agosto de 2013.
Cuarto. Importe:
El importe total máximo será de 30.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Madrid, 9 de abril de 2025.- El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación. P.D. (Orden AUC/462/2021, de 28 de abril), La Directora General de
Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, Carolina de Manueles Álvarez.
ID: A250016314-1
https://www.boe.es
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2025-13222
Verificable en https://www.boe.es
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del
día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del
Estado.