Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-7096)
Real Decreto 211/2025, de 18 de marzo, por el que se regulan aspectos específicos de los grados A, B y C de Formación Profesional para las familias profesionales Industrias Alimentarias; Seguridad y Medio Ambiente; Textil, Confección y Piel; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
302 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de abril de 2025

Sec. I. Pág. 48947

Artículo 13. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico en Calzado y
Complementos de Moda de la Familia Profesional Textil, Confección y Piel.
1. Se establece el certificado profesional TCP_C_003_4B. Montaje y acabado de
calzado que figura en el anexo I, apartado 3.g), así como los certificados de competencia
recogidos en el anexo II, apartado 3.g) y las acreditaciones parciales de competencia
recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional TCP_C_004_4B. Diseño de sistemas de
corte de calzado y complementos de moda que figura en el anexo I, apartado 3.h), así
como los certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.h) y las
acreditaciones parciales de competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 14. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico en
Fabricación y Ennoblecimiento de Productos Textiles de la Familia Profesional
Textil, Confección y Piel.
1. Se establece el certificado profesional TCP_C_005_4B. Operaciones de
ennoblecimiento en la industria textil que figura en el anexo I, apartado 3.i), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.i) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional TCP_C_006_4B. Tejeduría por recogida y
urdimbre que figura en el anexo I, apartado 3.j), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.j) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional TCP_C_007_4B. Tejeduría para tejido de
calada que figura en el anexo I, apartado 3.k), así como los certificados de competencia
recogidos en el anexo II, apartado 3.k) y las acreditaciones parciales de competencia
recogidas en el anexo III.
Artículo 15. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Patronaje y Moda de la Familia Profesional Textil, Confección y Piel.
1. Se establece el certificado profesional TCP_C_001_5B. Patronaje en confección
industrial que figura en el anexo I, apartado 3.l), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.l) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional TCP_C_002_5B. Gestión en la industria
de la confección que figura en el anexo I, apartado 3.m), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.m) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 16. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Diseño y Producción de Calzado y Complementos de la Familia Profesional Textil,
Confección y Piel.
1. Se establece el certificado profesional TCP_C_003_5B. Diseño y patronaje en el
calzado que figura en el anexo I, apartado 3.n), así como los certificados de competencia
recogidos en el anexo II, apartado 3.n) y las acreditaciones parciales de competencia
recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional TCP_C_004_5B. Gestión en la fabricación
de calzado y complementos que figura en el anexo I, apartado 3.ñ), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.ñ) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.

cve: BOE-A-2025-7096
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 86