Ministerio de Educación, Formación Profesional y DeportesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-13084)
Extracto de la Resolución de la Secretaría General de Formación Profesional de fecha 03 de abril de 2025 por la que realiza la convocatoria en 2025 de los Premios Nacionales de Formación Profesional de Grado Superior para los alumnos que finalizaron estudios en el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Miércoles 9 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 19631
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES
13084
Extracto de la Re solución de la Se cre taría Ge ne ral de Formación
Profe sional de fe cha 03 de abril de 2025 por la que re aliza la
convocatoria e n 2025 de los Pre mios Nacionale s de Formación
Profe sional de Grado Supe rior para los alumnos que finalizaron
e studios e n e l año 2022.
BDNS(Identif.):825415
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
825415)
Primero. Objeto de la subvención
Convocar los Premios Nacionales de Formación Profesional de Grado Superior
correspondientes al año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, para el
alumnado que finalizó sus estudios en ese año, como reconocimiento de su
relevante rendimiento.
Segundo. Beneficiarios
Por cada administración educativa y familia profesional de grado superior
podrá concurrir un alumno/alumna que haya obtenido el premio extraordinario de
Formación Profesional de grado superior convocado por su comunidad autónoma
o el Ministerio de Educación y Formación Profesional para las ciudades autónomas
de Ceuta y Melilla durante el año 2022. En el caso en el que para una familia
profesional haya más de un premio extraordinario en la respectiva Comunidad o
Ciudad Autónoma, solo podrá concurrir al Premio Nacional aquel que figure como
designado para ello en la resolución de la concesión del premio extraordinario de
la administración educativa correspondiente. En su defecto, solo podrá concurrir la
persona que haya obtenido mayor puntuación en el proceso de resolución del
Premio Extraordinario.
En el supuesto de empate en la puntuación, se dirimirá aplicando los criterios
recogidos en el apartado sexto de la presente resolución, en el orden establecido,
hasta el momento en el que se produzca el desempate que, de no producirse, será
resuelto por el orden de presentación de la solicitud.
Tercero. Finalidad
Cuarto. Bases reguladoras
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE de 12 de mayo) de bases
reguladoras de concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia
competitiva.
Quinto. Cuantía
cve: BOE-B-2025-13084
Verificable en https://www.boe.es
Conceder, con carácter general, un premio nacional por cada familia
profesional correspondiente al año 2022.
Núm. 86
Miércoles 9 de abril de 2025
Sec. V-B. Pág. 19631
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES
13084
Extracto de la Re solución de la Se cre taría Ge ne ral de Formación
Profe sional de fe cha 03 de abril de 2025 por la que re aliza la
convocatoria e n 2025 de los Pre mios Nacionale s de Formación
Profe sional de Grado Supe rior para los alumnos que finalizaron
e studios e n e l año 2022.
BDNS(Identif.):825415
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
825415)
Primero. Objeto de la subvención
Convocar los Premios Nacionales de Formación Profesional de Grado Superior
correspondientes al año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, para el
alumnado que finalizó sus estudios en ese año, como reconocimiento de su
relevante rendimiento.
Segundo. Beneficiarios
Por cada administración educativa y familia profesional de grado superior
podrá concurrir un alumno/alumna que haya obtenido el premio extraordinario de
Formación Profesional de grado superior convocado por su comunidad autónoma
o el Ministerio de Educación y Formación Profesional para las ciudades autónomas
de Ceuta y Melilla durante el año 2022. En el caso en el que para una familia
profesional haya más de un premio extraordinario en la respectiva Comunidad o
Ciudad Autónoma, solo podrá concurrir al Premio Nacional aquel que figure como
designado para ello en la resolución de la concesión del premio extraordinario de
la administración educativa correspondiente. En su defecto, solo podrá concurrir la
persona que haya obtenido mayor puntuación en el proceso de resolución del
Premio Extraordinario.
En el supuesto de empate en la puntuación, se dirimirá aplicando los criterios
recogidos en el apartado sexto de la presente resolución, en el orden establecido,
hasta el momento en el que se produzca el desempate que, de no producirse, será
resuelto por el orden de presentación de la solicitud.
Tercero. Finalidad
Cuarto. Bases reguladoras
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE de 12 de mayo) de bases
reguladoras de concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia
competitiva.
Quinto. Cuantía
cve: BOE-B-2025-13084
Verificable en https://www.boe.es
Conceder, con carácter general, un premio nacional por cada familia
profesional correspondiente al año 2022.