Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2025-7053)
Resolución de 25 de marzo de 2025, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso-oposición, para acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Titulado/a especialista en Ciencias de la Salud: Medicina Intensiva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 48568

2.5 El Tribunal podrá requerir a las personas interesadas cualquier tipo de aclaración
sobre la documentación presentada, para lo que otorgará un plazo de diez días hábiles. Si
no fuera atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente, o se
procederá atendiendo a lo referido en las bases 8.10, 9.5 y 9.9, según corresponda.
2.6 El Tribunal Calificador solo podrá valorar o solicitar aclaración sobre los
requisitos y/o méritos presentados dentro del plazo establecido para ello, por lo que no
será objeto de valoración, cualquier otro, presentado fuera de dicho plazo. Asimismo,
podrá solicitar a la persona aspirante, copia traducida por traductor jurado respecto de los
méritos acreditados mediante documentos redactados en un idioma distinto al castellano.
2.7 El Tribunal Calificador publicará las calificaciones provisionales obtenidas en la
fase de concurso. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles
contados a partir del día siguiente al de su publicación para interponer reclamaciones
contra las mismas. Una vez resueltas las mismas por el Tribunal Calificador, éste
publicará en los medios habilitados en esta convocatoria, las calificaciones definitivas
obtenidas en la fase de concurso, publicación que servirá de notificación a las personas
interesadas.
3. Resolución del concurso-oposición
3.1 La calificación final se obtendrá sumando la puntuación obtenida en la fase de
oposición a la obtenida en la fase de concurso.
3.2 El Tribunal Calificador hará públicas en los medios habilitados, junto a las
calificaciones definitivas del concurso, las calificaciones finales de aquellas personas
aspirantes que han superado el concurso-oposición por el orden de puntuación
alcanzado, con indicación del DNI o documento acreditativo de acuerdo con lo dispuesto
en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. La relación de
aprobados no podrá superar el número de plazas convocadas.
3.3 El Tribunal Calificador elevará las calificaciones finales de las personas
aspirantes a la Dirección del INGESA, quien mediante resolución las publicará en los
medios mencionados en esta convocatoria, estableciendo el procedimiento para la
elección de plazas, disponiendo las personas aspirantes de un plazo de veinte días
hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación, para la petición de plaza y
presentación ante el INGESA, de la documentación que se señala en el anexo VI a
través de los registros a que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.4 Las plazas se adjudicarán por el orden de puntuación alcanzada. En caso de
empate se resolverá a favor de quien lleve más tiempo ocupando plaza en la misma
categoría en el INGESA a la fecha de publicación de la convocatoria; de persistir el
empate, en quien lleve más tiempo de servicios prestados en la misma categoría en el
INGESA; de continuar el empate se dirimirá atendiendo a quien lleve más tiempo de
servicios prestados en la misma categoría u homóloga en el Sistema Nacional de Salud.
Finalmente, de persistir, se dirimirá atendiendo a la letra del primer apellido considerando
para ello la letra «V», que es la que figura en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la
Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 31) que establece el orden de
actuación de las personas aspirantes.
3.5 Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas:
a) Las personas aspirantes que no superen la fase de oposición.
b) Las personas aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición, no
presenten en plazo su expediente de méritos o autobaremación para la categoría a la
que se concursa.
c) Las personas aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, no
presenten la documentación requerida en el anexo VI en el plazo previsto para ello.
d) Las personas aspirantes que no soliciten plaza en la fecha y conforme al
procedimiento que se establezca.

cve: BOE-A-2025-7053
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Núm. 85