Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Deuda del Estado. (BOE-A-2025-7027)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de abril de 2025 y se convocan las correspondientes subastas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 48101

2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 31 de mayo de 2025
en los Bonos al 3,50 por 100 y el 31 de octubre de 2025 en las Obligaciones al 2,55
por 100. En las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100 el primer cupón a pagar será
el 30 de abril de 2025, por un importe de 0,785342 por 100, según se establece en la
Orden ECM/52/2025.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución
en las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100, que se emiten, la autorización deberá
aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 10 de abril de 2025, conforme al
calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 16 de enero de 2025 y el
precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en
tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número
entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón. A este respecto, el
cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se
establece en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero, es el 3,06
por 100 en los Bonos al 3,50 por 100, el 1,16 por 100 en Obligaciones al 2,55 por 100 y
el 0,66 por 100 en las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 15 de
abril de 2025, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas
en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de
Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta
Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el
apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se
gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de
acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ECM/3/2025, de 14 de enero.
Madrid, 4 de abril de 2025.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera,
P. D. de firma (Resolución de 20 de febrero de 2024), la Subdirectora General de Gestión
de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

cve: BOE-A-2025-7027
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Núm. 84