Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-6891)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo, por la que se convocan, por el sistema de concurso, plazas reservadas para personas con discapacidad, para la contratación de personal laboral fijo de los grupos profesionales M3, M2, M1, E2, 1G, 2G, 3G y 4G, sujetas al IV Convenio colectivo único de la Administración General del Estado, en el marco de estabilización de empleo temporal, en la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas y en el Instituto de Salud Carlos III, convocado por Resolución de 26 de diciembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Sábado 5 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 47124

Motivos de exclusión
Código

Motivo

El título que posee no habilita para presentarse por no ser el exigido en la convocatoria.

02

No ha sido posible verificar el título académico que se posee y habilita para presentarse
a las pruebas.

03

El importe abonado de la tasa por derechos de examen no es el establecido en las
bases de la convocatoria.

06

Presentación de la solicitud fuera de plazo.

07

Optar por más de un número de orden (no subsanable).

09

No acreditar la nacionalidad y/o permiso de residencia.

10

No cumplir con requisito de edad.

13

No cumplir/no aportar justificante de los servicios públicos de empleo de la condición de
demandante de empleo durante, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de
la convocatoria, o el aportado no está actualizado o no acredita los requisitos.

14

No aportar certificado acreditativo de la condición de persona con un grado de
discapacidad igual o superior al 33 %, o el aportado no justifica el cumplimiento del
requisito para la exención de la tasa.

15

No cumplir/no aportar documento de familia numerosa para la reducción de pago, o no
pago, de la tasa.

16

Presentar más de una solicitud (no subsanable).

17

No especificar el número de orden por el que opta (no subsanable).

20

El número de orden que especifica no corresponde con el grupo profesional al que opta
o no existe.

21

No aportar la documentación que acredite y permita verificar los datos indicados en la
misma.

cve: BOE-A-2025-6891
Verificable en https://www.boe.es

01

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X