Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-6925)
Resolución de 28 de marzo de 2025, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, en materia de formación para docentes de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Sábado 5 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 47179

Madrid, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su
extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
Segundo.
Que el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
recoge en su artículo 1 que el titular de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades tiene atribuidas las competencias establecidas en el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y restantes disposiciones en vigor, correspondiéndole, como órgano superior de
la Administración de la Comunidad de Madrid, el desarrollo general, la coordinación y el
control de la ejecución de las políticas del Gobierno en las siguientes materias:
educación, universidades, enseñanzas artísticas, investigación científica e innovación
tecnológica, apoyada fundamentalmente en el nuevo contexto digital.
Tercero.
Que el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (en adelante, «Patrimonio
Nacional») es un organismo público estatal, regulado por la Ley 23/82, de 16 de junio,
del Patrimonio Nacional, cuyos fines son la gestión y administración de los bienes y
derechos del Patrimonio Nacional y que, de acuerdo con el artículo 3 de la citada
Ley 23/1982, adoptará las medidas conducentes al uso de los bienes integrados en
dicho patrimonio con fines culturales, científicos y docentes.
Cuarto.
Que la Constitución Española de 1978 establece el derecho a la educación para
todos los españoles en su artículo 27 y encomienda a los poderes públicos que
promuevan las condiciones y remuevan los obstáculos para que este derecho sea
disfrutado en condiciones de igualdad por todos los ciudadanos.
Quinto.
Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su preámbulo
establece que «la Unión Europea y la UNESCO se han propuesto mejorar la calidad y la
eficacia de los sistemas de educación y de formación, lo que implica mejorar la
capacitación de los docentes, desarrollar las aptitudes necesarias para la sociedad del
conocimiento, garantizar el acceso de todos a las tecnologías de la información y la
comunicación, aumentar la matriculación en los estudios científicos, técnicos y artísticos
y aprovechar al máximo los recursos disponibles, aumentando la inversión en recursos
humanos».

Que el objetivo principal de este convenio es el desarrollo de actuaciones y
colaboraciones encaminadas a compartir y difundir, entre los docentes de la Comunidad
de Madrid, el patrimonio histórico-artístico de nuestro país que este organismo público
gestiona.
Séptimo.
Que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y Patrimonio Nacional se
comprometen a suscribir un convenio con la finalidad de contribuir mutuamente al
fortalecimiento de la calidad y la eficacia del sistema educativo madrileño a través de la
mejora de la capacitación docente.

cve: BOE-A-2025-6925
Verificable en https://www.boe.es

Sexto.