Ministerio de Ciencia, Innovación y UniversidadesV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Convenios. (BOE-B-2025-12654)
Extracto de la Resolución de 3 de abril de 2025 de la Dirección General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que se regula la concesión directa de ayudas a los proyectos españoles que hayan obtenido el Sello de Excelencia del Acelerador del Consejo Europeo de Innovación cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Sábado 5 de abril de 2025

Sec. V-B. Pág. 18946

Deberán tener domicilio fiscal en territorio español.
Deberán haber obtenido el Sello de Excelencia en las convocatorias definidas
en el artículo 1 de la convocatoria.
Tercero. Financiación.
El presupuesto máximo de esta convocatoria es 31.089.059 euros, que se
financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER. La cofinanciación
FEDER se realizará a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021 2027. La cuantía cofinanciada por fondos FEDER será anticipada por el CDTI con
cargo a su propio patrimonio.
Cuarto. Características y cuantía de las ayudas.
Las ayudas se concederán bajo la modalidad de concesión directa de
subvenciones, conforme al artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, al artículo 66 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones y a la disposición adicional undécima, apartado 7, de la
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste financiable real
del proyecto y de la disponibilidad presupuestaria, respetando el límite de
intensidad máxima de los costes subvencionables, según lo previsto en el artículo
25 bis del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, y en las normas
del Reglamento (UE) 2021/695 de 28 de abril de 2021 Horizonte Europa (HE) y, en
concreto en el artículo 48 del mismo. Se concederá el 70 % del presupuesto
financiable como ayuda, siempre que el importe máximo de la ayuda no exceda de
2,5 millones de euros por beneficiario y por proyecto.
Los proyectos subvencionables podrán tener una duración anual o plurianual.
La fecha de inicio del proyecto no podrá ser anterior al 1 de enero de 2025. En
todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2025. La fecha límite de
finalización de los proyectos será el 31 de diciembre de 2028, incluyendo posibles
prórrogas. No obstante, la duración máxima de los proyectos será la establecida en
el anexo I de la convocatoria, de acuerdo con las condiciones establecidas en la
convocatoria internacional correspondiente.
Quinto. Gastos subvencionables.

El importe total del presupuesto financiable del proyecto no podrá superar el
importe total del presupuesto en el proyecto presentado en la convocatoria del
Acelerador del EIC. Los proyectos deberán tener una distribución presupuestaria
equilibrada a lo largo de la duración del proyecto.
Se podrán financiar los siguientes gastos: Costes del equipamiento,
instrumental y material fungible, costes de personal, costes de colaboraciones
técnicas externas, y otros costes como: costes de los viajes, costes de adquisición

cve: BOE-B-2025-12654
Verificable en https://www.boe.es

Sólo podrán considerase financiables aquellos gastos que de manera
indubitada respondan a la naturaleza de la actividad a financiar y resulten
estrictamente necesarios, en base a la descripción del proyecto aportada en la
solicitud y en la memoria técnica del proyecto descrita en el artículo 11 de la
convocatoria.