Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6839)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Consorcio Casa África y la Universidad del Atlántico Medio, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82

Viernes 4 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 46782

Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
universitarias, el Procedimiento de Actuación en la realización de prácticas externas de
la Universidad del Atlántico Medio la normativa interna de la Universidad, y demás
legislación vigente al momento de celebración del presente convenio, de aplicación y
concordante con la misma.
2. Que la Universidad del Atlántico Medio y Casa África se encuentran interesadas
en cooperar en la formación práctica del estudiantado de Grado, Máster u otros Títulos o
Estudios Propios de la Universidad, conscientes de la contribución de las prácticas
externas a la formación integral del alumnado, al complementar su aprendizaje teórico y
práctico, facilitando el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad
profesional, aplicando los conocimientos adquiridos y favoreciendo el desarrollo de
competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas.
La obtención de una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de
trabajo y mejore su futura empleabilidad y que favorezca los valores de la innovación, la
creatividad y el emprendimiento son, en definitiva, los fines que se persiguen con la
realización de las prácticas externas.
3. Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de
institucionalizar la colaboración mutua entre las partes implicadas, éstas se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.

Objeto.

Este convenio tiene por objeto la realización de prácticas académicas externas,
curriculares o extracurriculares, en Casa África por parte del estudiantado que curse
estudios en la Universidad del Atlántico Medio y siempre con titulaciones relacionadas
con profesiones o temáticas que estén vinculadas, directa o indirectamente, con la
actividad que se desarrolla en Casa África, que permitan completar sus estudios
universitarios, para una futura incorporación al mundo laboral; a la vez que se contribuya
a la difusión de la actividad del Consorcio Casa África.
La realización de las prácticas en el consorcio se orientará a la consecución de los
objetivos estatutarios de impulso al desarrollo global de las relaciones hispano-africanas
y de promoción de actividades para mejorar el conocimiento mutuo entre España y el
continente africano.
El alumnado que desee solicitar una práctica, para que ésta sea admitida, deberá
estar matriculado en Grado o Máster Oficial u otros Títulos o Estudios Propios de la
Universidad del Atlántico Medio y cumplir, además, con lo establecido en el artículo 8.2
del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Duración y horario de las prácticas.

La duración de las prácticas académicas que se realicen en el marco del presente
convenio será la establecida en el correspondiente plan de estudios de la Universidad
del Atlántico Medio, de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio.
La organización y funcionamiento del Consorcio determinará los periodos y horarios
en que el alumnado seleccionado podrá realizar sus prácticas en Casa África.
Tercera. Tutores.
Para la realización de las prácticas externas el alumnado contará con un tutor o
tutora académico/a de la Universidad del Atlántico Medio y un tutor o tutora de Casa
África, que serán siempre personas distintas.

cve: BOE-A-2025-6839
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.