Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6858)
Resolución de 28 de marzo de 2025, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de la Arquitectura Técnica de Valencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82

Viernes 4 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 46951

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
6858

Resolución de 28 de marzo de 2025, de la Dirección General del Catastro,
por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de la Arquitectura
Técnica de Valencia.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de la
Arquitectura Técnica de Valencia, un convenio de colaboración en materia de Gestión
Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio,
que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 28 de marzo de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de la Arquitectura Técnica de Valencia, en materia
de gestión catastral
En Madrid y Valencia, a veintisiete de marzo del año dos mil veinticinco.
De una parte: Don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro,
en virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte: Don Vicente Terol Orero, Presidente del Colegio Oficial de la
Arquitectura Técnica de Valencia, nombrado por acuerdo del Consejo General de
Colegios oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, de 1 de junio de 2021, que
ostenta la representación del Colegio, en virtud del artículo 46 de sus Estatutos, inscritos
en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos Valencianos de Colegios
Profesionales de la Comunitat Valenciana por Resolución de 7 de marzo de 2024, de la
Directora General de Atención a las Víctimas y Acceso a la Justicia de la Conselleria de
Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana (DOGV de 3 de abril).
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General

cve: BOE-A-2025-6858
Verificable en https://www.boe.es

Primero.