Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-6797)
Real Decreto 207/2025, de 18 de marzo, por el que se regulan aspectos específicos de los grados A, B y C de Formación Profesional para las familias profesionales Administración y Gestión; Agraria; Informática y Comunicaciones; y Madera, Mueble y Corcho.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 46398
de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.e) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional IFC_C_003_4B. Instalación y uso de
aplicaciones ofimáticas, que figura en el anexo I, apartado 3.f), así como los certificados
de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.f) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 19. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Administración de Sistemas Informáticos en Red de la Familia Profesional
Informática y Comunicaciones.
1. Se establece el certificado profesional IFC_C_001_5B. Gestión de bases de
datos, que figura en el anexo I, apartado 3.g), así como los certificados de competencia
recogidos en el anexo II, apartado 3.g) y las acreditaciones parciales de competencia
recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional IFC_C_002_5B. Administración de
servicios de internet, que figura en el anexo I, apartado 3.h), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.h) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional IFC_C_003_5B. Gestión de sistemas de
información, que figura en el anexo I, apartado 3.i), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.i) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 20. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma de la Familia Profesional Informática y
Comunicaciones.
1. Se establece el certificado profesional IFC_C_004_5B. Programación de
sistemas de gestión, que figura en el anexo I, apartado 3.j), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.j) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional IFC_C_005_5B. Programación de
aplicaciones multiplataforma, que figura en el anexo I, apartado 3.k), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.k) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional IFC_C_006_5B. Programación de
software de sistemas, que figura en el anexo I, apartado 3.l), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.l) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 21. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Desarrollo de Aplicaciones Web de la Familia Profesional Informática y
Comunicaciones.
1. Se establece el certificado profesional IFC_C_007_5B. Desarrollo de
aplicaciones web front-end, que figura en el anexo I, apartado 3.m), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.m) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional IFC_C_008_5B. Desarrollo de
aplicaciones web back-end, que figura en el anexo I, apartado 3.n), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.n) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
cve: BOE-A-2025-6797
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 82
Viernes 4 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 46398
de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.e) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional IFC_C_003_4B. Instalación y uso de
aplicaciones ofimáticas, que figura en el anexo I, apartado 3.f), así como los certificados
de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.f) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 19. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Administración de Sistemas Informáticos en Red de la Familia Profesional
Informática y Comunicaciones.
1. Se establece el certificado profesional IFC_C_001_5B. Gestión de bases de
datos, que figura en el anexo I, apartado 3.g), así como los certificados de competencia
recogidos en el anexo II, apartado 3.g) y las acreditaciones parciales de competencia
recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional IFC_C_002_5B. Administración de
servicios de internet, que figura en el anexo I, apartado 3.h), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.h) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional IFC_C_003_5B. Gestión de sistemas de
información, que figura en el anexo I, apartado 3.i), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.i) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 20. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma de la Familia Profesional Informática y
Comunicaciones.
1. Se establece el certificado profesional IFC_C_004_5B. Programación de
sistemas de gestión, que figura en el anexo I, apartado 3.j), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.j) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional IFC_C_005_5B. Programación de
aplicaciones multiplataforma, que figura en el anexo I, apartado 3.k), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.k) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional IFC_C_006_5B. Programación de
software de sistemas, que figura en el anexo I, apartado 3.l), así como los certificados de
competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.l) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
Artículo 21. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Superior en
Desarrollo de Aplicaciones Web de la Familia Profesional Informática y
Comunicaciones.
1. Se establece el certificado profesional IFC_C_007_5B. Desarrollo de
aplicaciones web front-end, que figura en el anexo I, apartado 3.m), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.m) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional IFC_C_008_5B. Desarrollo de
aplicaciones web back-end, que figura en el anexo I, apartado 3.n), así como los
certificados de competencia recogidos en el anexo II, apartado 3.n) y las acreditaciones
parciales de competencia recogidas en el anexo III.
cve: BOE-A-2025-6797
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Núm. 82