Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-6797)
Real Decreto 207/2025, de 18 de marzo, por el que se regulan aspectos específicos de los grados A, B y C de Formación Profesional para las familias profesionales Administración y Gestión; Agraria; Informática y Comunicaciones; y Madera, Mueble y Corcho.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82

Viernes 4 de abril de 2025

Sec. I. Pág. 46393

b) Técnico Básico en Informática de Oficina, establecido por el Real
Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación
Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.
Anexo VII: Título de Técnico Básico en Informática de Oficina.
c) Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes, establecido por el Real
Decreto 1691/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico en
Sistemas Microinformáticos y Redes y se fijan sus enseñanzas mínimas.
d) Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red,
establecido por el Real Decreto 1629/2009, de 30 de octubre, por el que se establece el
título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red y se fijan
sus enseñanzas mínimas.
e) Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, establecido por
el Real Decreto 450/2010, de 16 de abril, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma y se fijan sus enseñanzas
mínimas.
f) Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web, establecido por el Real
Decreto 686/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior
en Desarrollo de Aplicaciones Web y se fijan sus enseñanzas mínimas.
4.

Familia Profesional: Madera, Mueble y Corcho.

a) Técnico Básico en Carpintería y Mueble, establecido por el Real
Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la
Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema
educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos
básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición
de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Anexo X: Título de Técnico
Básico en Carpintería y Mueble.
b) Técnico en Carpintería y Mueble, establecido por el Real Decreto 1128/2010,
de 10 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico en Carpintería y Mueble
y se fijan los aspectos básicos del currículo.
c) Técnico en Instalación y Amueblamiento, establecido por el Real
Decreto 880/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico en
Instalación y Amueblamiento y se fijan sus enseñanzas mínimas.
d) Técnico en Procesado y transformación de la madera, establecido por el Real
Decreto 838/2020, de 15 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico en
Procesado y transformación de la madera y se fijan los aspectos básicos del currículo.
e) Técnico Superior en Diseño y Amueblamiento, establecido por el Real
Decreto 1579/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico
Superior en Diseño y Amueblamiento y se fijan sus enseñanzas mínimas.

1. Se establece el certificado profesional ADG_C_001_3B. Actividades de
grabación, reproducción y tratamiento de datos y documentos, que figura en el anexo I,
apartado 1.a), así como los certificados de competencia recogidos en el anexo II,
apartado 1.a) y las acreditaciones parciales de competencia recogidas en el anexo III.
2. Se establece el certificado profesional ADG_C_002_3B. Operaciones
administrativas básicas, que figura en el anexo I, apartado 1.b), así como los certificados
de competencia recogidos en el anexo II, apartado 1.b) y las acreditaciones parciales de
competencia recogidas en el anexo III.
3. Se establece el certificado profesional ADG_C_003_3B. Servicios comerciales
de atención al cliente y preparación de pedidos, que figura en el anexo I, apartado 1.c),

cve: BOE-A-2025-6797
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Establecimiento de los grados C, B y A del título de Técnico Básico en
Servicios Administrativos de la Familia Profesional Administración y Gestión.