Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-6772)
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión y aprobación de las tablas salariales para el año 2025 del Convenio colectivo de la Industria Azucarera para el período 2024-2026.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Jueves 3 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 46237

Representación laboral:
– Federación de Industria de CCOO:
Juan C. Fernández Sánchez.
Juan I. López Cuesta.
Mariano García García.
Juan M Torrecilla Martín.
Roberto González Martín.
Enrique Matía Morrondo.
Humberto Casado Bayón.
Manuel De Los Reyes Díaz.
Asesores: Marco Antonio Pérez Martínez y Federico Muñoz Muñoz.
– Federación de Industria, Construcción y Agro de UGT (UGT-FICA):
Benigno Pérez Cenador.
M.ª Jose Moreno Camacho.
David Ibañez Esteban.
Francisco J Mateos Rodríguez.
Francisco J Martín López.
Eduardo Pérez Carro.
Asesores: Jesús García Zamora y Manuel Barrios Veledo.
Punto único del día.
Aprobación y firma de subida salarial para el año 2025, según Convenio Colectivo de
la Industria Azucarera firmado para el periodo 2024-2026.
1. Aplicar la cláusula sobre incrementos salariales para el año 2025, según consta
en la disposición adicional primera del Convenio Colectivo de la Industria Azucarera
firmado para los años 2024-2026.
2. Como consecuencia de lo expuesto en el punto anterior se incrementan los
conceptos salariales que se encuentran recogidos en los anexos 2, 3, 4, 5 y 6, y en los
acuerdos 22, 24, 25, 26, 27, 29, 30, 34, 35 y 39 en un 4 % respecto a los valores
actuales.
3. Aprobar las nuevas tablas correspondientes al año 2025 que se adjuntan a la
presenta acta, firmada por las partes.
4. Por último, los valores de otros conceptos del convenio para el año 2025 quedan
de la siguiente forma:
– Plus de trabajos penosos, tóxicos o peligrosos: 1,15 euros/día.
– Plus de domingos y plus festivo: 2,55 euros/hora
– Dietas:
Nivel salarial euros/día:

– Plus de distancia: 0,11 euros/km.
– Ayuda a discapacitados: 168,79 euros/mes.
Delegación de facultades:
En cumplimiento de la legislación vigente y a los efectos que la misma establece, la
Federación de Industria de CC.OO. y la Federación de Industria, Construcción y Agro de
UGT (FICA) delegan en don Jaizki Oliva Fernández, perteneciente a la Asociación de
Fabricantes de Azúcar de España (AGFAE), la representación de la Comisión

cve: BOE-A-2025-6772
Verificable en https://www.boe.es

– De hasta 7 días inclusive: 4 al 12 65,64.
– De más de 7 días: 4 al 12 61,93.