Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-12204)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana sobre la aprobación del expediente de información pública y oficial y definitivamente el proyecto de trazado "Mejora de la capacidad y funcionalidad del Enlace entre la Autovía V-30 de Acceso Sur al Puerto de Valencia y la CV-30, margen derecha de la V-30". Provincia de Valencia. Clave T5-V-7460.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de abril de 2025

Sec. V-B. Pág. 18354

1.5. Se proseguirá la coordinación mantenida con la Confederación
Hidrográfica del Júcar en relación con los criterios de diseño del sistema de
drenaje y a las medidas para la minimización de la afección al medio hídrico, así
como para la protección de los bienes adscritos a dicho organismo de cuenca.
Asimismo, se tendrán en cuenta los criterios establecidos para la adecuación
de las infraestructuras en zonas inundables establecidas en el Plan de Acción
Territorial de carácter sectorial sobre prevención del Riesgo de Inundación en la
Comunidad Valenciana (PATRICOVA).
1.6. Se valorarán las medidas necesarias para atender las directrices para la
integración ambiental y paisajística establecidas en el capítulo II del Decreto 219/
2018, de 30 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Plan de acción
territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de València (Generalitat
Valenciana).
1.7. Se tendrá en cuenta las alegaciones presentadas por la Comunidad de
Regantes de la Acequia de Tormos de la Vega Valencia, a fin de analizar en
detalle las infraestructuras de riego afectadas y definir las reposiciones necesarias.
1.8. Se revisará las anchuras de los elementos de la sección tipo del Paso
Superior 1, de modo que se garantice la adecuada separación del carril ciclopeatonal y el funcionamiento y disposición de los sistemas de contención de
vehículos.
Asimismo, en los tableros de los pasos superiores proyectados se preverá un
espacio de caz o rigola longitudinal de plataforma sin menoscabo de la anchura de
arcén considerada, conforme a lo establecido en la Norma 5.2-IC Drenaje
Superficial.
1.9. Para garantizar una adecuada seguridad viaria se señalizarán las
limitaciones de circulación para determinados tipos de vehículos y usuarios desde
el inicio de los ramales de enlace de incorporación a la autovía, teniendo en cuenta
la legislación aplicable de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
1.10 Se proseguirá la tramitación de la reposición de servicios afectados en
aplicación de lo establecido en el artículo 17.1 y 17.2 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de Carreteras, y de acuerdo con la Circular sobre "Modificación de
servicios en los proyectos de obras", de 7 de marzo de 1994 y su modificación de 4
de noviembre de 1996.
En particular, se mantendrá coordinación con RED ELÉCTRICA ESPAÑOLA, IDE REDES INTELIGENTES, S.A.U. (IBERDROLA), AGUAS DE VALENCIA, S.A y
la DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO D.G.T., así como con las compañías de
abastecimiento y saneamiento de los ayuntamientos afectados, teniendo en cuenta
posteriormente en la redacción del Proyecto de Construcción las observaciones
que dichas compañías y organismos indiquen para la reposición de los servicios de
su titularidad.
2. De acuerdo con la Resolución de aprobación provisional de 31 de mayo de
2024 (B.O.E. de 30 de julio de 2024), y conforme a lo previsto en el artículo 12.2 de
la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por Real Decretoley 18/2018, de 8 de noviembre, el trámite realizado tiene el carácter de
información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y
derechos afectados por la ejecución del proyecto.

cve: BOE-B-2025-12204
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Núm. 81