Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6570)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Martes 1 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 44563

Que la UNED tiene entre sus fines el apoyo científico y técnico del desarrollo cultural
y social, así como la difusión de la cultura universitaria mediante la organización o
participación en actividades orientadas tanto a la comunidad universitaria como al
público en general.
Por ello, el establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y
desarrollo de sus fines institucionales es una de las funciones que compete propiamente
a la autonomía de las Universidades, en virtud de lo que establece el artículo 3.2.q de la
Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. La posibilidad de
establecer convenios con otras entidades públicas está expresamente mencionada
asimismo en la disposición adicional segunda, párrafo 6.
Que la Universidad desarrolla enseñanzas de grado o postgrado en las que está
prevista la realización de actividades por parte de los estudiantes en instituciones
públicas o privadas externas a la Universidad. Con ello busca ampliar los conocimientos
de los estudiantes de acuerdo con su específica vocación, proporcionándoles una
orientación profesional que les permita incorporarse en el mercado de trabajo en
condiciones idóneas y responder con eficacia y garantías a las exigencias de la
sociedad, y de sus instituciones y empresas.
Que la Universidad está interesada en establecer un programa de colaboración con
el SEPE para la realización de prácticas académicas externas de los estudiantes
matriculados en la misma.
2) Que el SEPE es un organismo autónomo estatal de los previstos en la
sección 2.ª, del capítulo III, del título II, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, al que
corresponde la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la
política de empleo, en el marco de lo establecido en la nueva Ley 3/2023, de 28 de
febrero, de Empleo.
3) Que ambas partes consideran que la formación de los estudiantes y titulados
universitarios debe basarse tanto en la adquisición de conocimientos teóricos como
prácticos, con los objetivos de poder orientarse en sus vocaciones profesionales,
incorporarse al mercado laboral en condiciones idóneas, para así responder con eficacia
y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
4) Que con el fin de contribuir a la formación integral de los estudiantes
universitarios de la Universidad, ambas partes desean suscribir el presente convenio
encuadrado en el marco del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan
las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Por lo tanto, a la vista de lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente
convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que
estudiantes de la Universidad realizarán, en las dependencias del SEPE, un programa de
prácticas curriculares externas, para estudios oficiales de Grado y Máster, según las
condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa
formativo, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio,
por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Segunda.
A.

Condiciones generales del convenio.

Oferta del SEPE.

El SEPE podrá ofrecer plazas de prácticas con la periodicidad o cuantía que desee, e
indicar la oferta específica para cada plaza.

cve: BOE-A-2025-6570
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto del convenio.