Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6566)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78
Martes 1 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 44542
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán
resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento en el caso de que no fuera posible,
el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha
jurisdicción.
Duodécima.
Finalización de vigencia del convenio anterior.
Una vez el presente convenio adquiera eficacia jurídica, de conformidad con la
cláusula quinta, quedará resuelto, liquidado y extinguido el anterior convenio suscrito
entre las partes en fecha 9 de marzo de 2022, sin necesidad de realizar liquidación
adicional alguna. En consecuencia, el presente convenio sustituirá en su totalidad al
extinto convenio firmado por las partes en fecha 9 de marzo de 2022.
El pago de las cantidades pendientes correspondientes al cuatrimestre en curso en la
fecha que el convenio adquiera eficacia jurídica se efectuará con cargo al presente
convenio.
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente el presente
convenio.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas Álvarez.–La PresidentaConsejera Delegada de Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA, Raquel Sánchez
Jiménez.
ANEXO
En virtud de lo dispuesto en la cláusula novena del convenio, la Comisión de
Seguimiento del mismo está formada por los siguientes miembros:
– Por la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado:
● La Subdirectora General y la Subdirectora Adjunta de Coordinación, Auditoría y de
Gestión del Conocimiento. En defecto de uno de ellos, un Gestor de Apoyo Jurídico de la
referida Subdirección.
– Por Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA.
cve: BOE-A-2025-6566
Verificable en https://www.boe.es
● El Secretario General, don Ricardo Mar Ruipérez.
● El Director de la Asesoría Jurídica, don José Miguel Peñalva Merino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 78
Martes 1 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 44542
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán
resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento en el caso de que no fuera posible,
el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha
jurisdicción.
Duodécima.
Finalización de vigencia del convenio anterior.
Una vez el presente convenio adquiera eficacia jurídica, de conformidad con la
cláusula quinta, quedará resuelto, liquidado y extinguido el anterior convenio suscrito
entre las partes en fecha 9 de marzo de 2022, sin necesidad de realizar liquidación
adicional alguna. En consecuencia, el presente convenio sustituirá en su totalidad al
extinto convenio firmado por las partes en fecha 9 de marzo de 2022.
El pago de las cantidades pendientes correspondientes al cuatrimestre en curso en la
fecha que el convenio adquiera eficacia jurídica se efectuará con cargo al presente
convenio.
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente el presente
convenio.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas Álvarez.–La PresidentaConsejera Delegada de Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA, Raquel Sánchez
Jiménez.
ANEXO
En virtud de lo dispuesto en la cláusula novena del convenio, la Comisión de
Seguimiento del mismo está formada por los siguientes miembros:
– Por la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado:
● La Subdirectora General y la Subdirectora Adjunta de Coordinación, Auditoría y de
Gestión del Conocimiento. En defecto de uno de ellos, un Gestor de Apoyo Jurídico de la
referida Subdirección.
– Por Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA.
cve: BOE-A-2025-6566
Verificable en https://www.boe.es
● El Secretario General, don Ricardo Mar Ruipérez.
● El Director de la Asesoría Jurídica, don José Miguel Peñalva Merino.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X