Consejo de Seguridad Nuclear. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-6373)
Resolución de 19 de marzo de 2025, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Acuerdo de prórroga del Convenio con la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Gregorio Marañón, en dosimetría biológica para la evaluación de personas expuestas a radiaciones ionizantes de forma accidental y en emergencias radiológicas y nucleares, por parte del Laboratorio de Dosimetría Biológica del Servicio de Oncología Radioterápica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76
Sábado 29 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 43039
Todas las partes se reconocen mutua capacidad y legitimación para obligarse y
suscribir la presente Prorroga y en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 7 de abril de 2021, el Consejo de Seguridad Nuclear y la Fundación
para la investigación Biomédica del Hospital Gregorio Marañón, suscribieron un convenio
con la finalidad de evaluar exposiciones a radiaciones ionizantes de forma accidental y
en emergencias nucleares y radiológicas. Este acuerdo fue inscrito en el Registro Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) el 8 de abril de 2021.
Segundo.
Que la firma de este convenio y los compromisos asumidos por las partes en el
mismo, se han demostrado como herramienta fundamental en la consecución de los
objetivos de evaluar exposiciones a radiaciones ionizantes de forma accidental y en
emergencias nucleares y radiológicas.
En consecuencia, y en virtud de lo establecido en la estipulación quinta del convenio
de colaboración, una vez evaluadas las necesidades técnicas y con el fin de dar
continuidad a la prestación del objeto de dicho convenio, las partes firmantes de esta
prórroga estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de
cuatro años más, de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la prórroga.
Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años, del
Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Fundación para la investigación
Biomédica del Hospital Gregorio Marañón para la evaluación de exposiciones a
radiaciones ionizantes de forma accidental y en emergencias nucleares y radiológicas.
La prórroga del citado convenio, por un periodo de cuatro años, conlleva la obligación
de las partes de respetar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el mismo, en
los términos y cuantías expresados en aquel, así como en los servicios a prestar o
mantener.
Segunda.
Régimen jurídico.
Las partes manifiestan su plena conformidad con el presente acuerdo de prórroga,
en Madrid, a 18 de marzo de 2025.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente,
Juan Carlos Lentijo Lentijo.–Por la Fundación para la Investigación Biomédica del
Hospital Gregorio Marañón, la Directora, Teresa Fernández Alonso.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-6373
Verificable en https://www.boe.es
El presente acuerdo de prórroga tiene carácter administrativo, y al igual que el
convenio del que trae causa, se rige por lo dispuesto en título preliminar, capítulo VI, de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo de
aplicación para dicha prórroga lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º de esta norma.
Núm. 76
Sábado 29 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 43039
Todas las partes se reconocen mutua capacidad y legitimación para obligarse y
suscribir la presente Prorroga y en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 7 de abril de 2021, el Consejo de Seguridad Nuclear y la Fundación
para la investigación Biomédica del Hospital Gregorio Marañón, suscribieron un convenio
con la finalidad de evaluar exposiciones a radiaciones ionizantes de forma accidental y
en emergencias nucleares y radiológicas. Este acuerdo fue inscrito en el Registro Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) el 8 de abril de 2021.
Segundo.
Que la firma de este convenio y los compromisos asumidos por las partes en el
mismo, se han demostrado como herramienta fundamental en la consecución de los
objetivos de evaluar exposiciones a radiaciones ionizantes de forma accidental y en
emergencias nucleares y radiológicas.
En consecuencia, y en virtud de lo establecido en la estipulación quinta del convenio
de colaboración, una vez evaluadas las necesidades técnicas y con el fin de dar
continuidad a la prestación del objeto de dicho convenio, las partes firmantes de esta
prórroga estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de
cuatro años más, de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la prórroga.
Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años, del
Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Fundación para la investigación
Biomédica del Hospital Gregorio Marañón para la evaluación de exposiciones a
radiaciones ionizantes de forma accidental y en emergencias nucleares y radiológicas.
La prórroga del citado convenio, por un periodo de cuatro años, conlleva la obligación
de las partes de respetar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el mismo, en
los términos y cuantías expresados en aquel, así como en los servicios a prestar o
mantener.
Segunda.
Régimen jurídico.
Las partes manifiestan su plena conformidad con el presente acuerdo de prórroga,
en Madrid, a 18 de marzo de 2025.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente,
Juan Carlos Lentijo Lentijo.–Por la Fundación para la Investigación Biomédica del
Hospital Gregorio Marañón, la Directora, Teresa Fernández Alonso.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-6373
Verificable en https://www.boe.es
El presente acuerdo de prórroga tiene carácter administrativo, y al igual que el
convenio del que trae causa, se rige por lo dispuesto en título preliminar, capítulo VI, de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo de
aplicación para dicha prórroga lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º de esta norma.