Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-6087)
Resolución de 18 de marzo de 2025, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, para la organización conjunta de la V edición de las Residencias Dramáticas y la III edición de Residencias Dramáticas Europeas del Centro Dramático Nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73
Miércoles 26 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 41038
○ Solo en el caso de las/los residentes que vayan a realizar su segunda estancia en
Londres, Berlín y un destino por definir que no cubra alojamientos: un segundo pago de
dos mil euros (2.000 €) + IVA tras su residencia en Roma y una vez presentada la
memoria de dicha estancia.
○ Mil euros (1.000 €) + IVA a la finalización del programa y tras entregar el informe
final de todas sus estancias.
– Residencias Dramáticas Europeas:
● A la persona seleccionada:
○ Un primer pago una vez aceptada formalmente su participación en el programa
como residente: tres mil euros (3.000 €) + IVA.
○ Un segundo pago una vez realizadas las dos primeras estancias y presentada una
memoria de la actividad desarrollada hasta ese momento: tres mil euros (3.000 €) + IVA.
○ Un tercer pago una vez realizada la tercera estancia y presentada una memoria de
la actividad desarrollada: tres mil euros (3.000 €) + IVA.
○ Un cuarto pago a la finalización del programa, previa presentación de la memoria
final incluyendo la lectura del proyecto: dos mil quinientos euros (2.500 €) + IVA.
c) Asumir el pago de los siguientes gastos derivados del programa de encuentro en
Madrid con gestoras/es programadoras/es culturales internacionales:
– Traducción y sobretitulado.
– Alojamiento de un máximo de dos noches para diez (10) personas asistentes al
programa Dramático Weekend Pro.
Una vez confirmados los asistentes, el INAEM comunicará a AC/E la relación, datos,
número de noches y procedencia de aquellos cuyo alojamiento debe gestionar y
financiar AC/E, asumiendo el INAEM la organización del programa.
– Otros gastos de producción de la programación del encuentro internacional,
previamente aprobados por AC/E, siempre que se respete el máximo total previsto en la
presente cláusula y que a continuación se especifica.
La estimación económica de la participación de AC/E se cuantifica en un máximo de
cincuenta mil euros (50.000 €), IVA no incluido.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta.
Promoción y difusión.
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de los
proyectos objeto de colaboración.
En toda la promoción y difusión habrá de figurar el nombre y el logotipo de las
instituciones involucradas, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean
necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes
promocionales en que se han de incluir los mismos.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Se establece una comisión de seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente convenio, así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada: por parte del INAEM, las personas titulares de dirección y dirección
adjunta del CDN o personas en quien deleguen; y, por AC/E, las personas titulares de la
dirección de programación y dirección de producción o personas en quien deleguen.
cve: BOE-A-2025-6087
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 73
Miércoles 26 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 41038
○ Solo en el caso de las/los residentes que vayan a realizar su segunda estancia en
Londres, Berlín y un destino por definir que no cubra alojamientos: un segundo pago de
dos mil euros (2.000 €) + IVA tras su residencia en Roma y una vez presentada la
memoria de dicha estancia.
○ Mil euros (1.000 €) + IVA a la finalización del programa y tras entregar el informe
final de todas sus estancias.
– Residencias Dramáticas Europeas:
● A la persona seleccionada:
○ Un primer pago una vez aceptada formalmente su participación en el programa
como residente: tres mil euros (3.000 €) + IVA.
○ Un segundo pago una vez realizadas las dos primeras estancias y presentada una
memoria de la actividad desarrollada hasta ese momento: tres mil euros (3.000 €) + IVA.
○ Un tercer pago una vez realizada la tercera estancia y presentada una memoria de
la actividad desarrollada: tres mil euros (3.000 €) + IVA.
○ Un cuarto pago a la finalización del programa, previa presentación de la memoria
final incluyendo la lectura del proyecto: dos mil quinientos euros (2.500 €) + IVA.
c) Asumir el pago de los siguientes gastos derivados del programa de encuentro en
Madrid con gestoras/es programadoras/es culturales internacionales:
– Traducción y sobretitulado.
– Alojamiento de un máximo de dos noches para diez (10) personas asistentes al
programa Dramático Weekend Pro.
Una vez confirmados los asistentes, el INAEM comunicará a AC/E la relación, datos,
número de noches y procedencia de aquellos cuyo alojamiento debe gestionar y
financiar AC/E, asumiendo el INAEM la organización del programa.
– Otros gastos de producción de la programación del encuentro internacional,
previamente aprobados por AC/E, siempre que se respete el máximo total previsto en la
presente cláusula y que a continuación se especifica.
La estimación económica de la participación de AC/E se cuantifica en un máximo de
cincuenta mil euros (50.000 €), IVA no incluido.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta.
Promoción y difusión.
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de los
proyectos objeto de colaboración.
En toda la promoción y difusión habrá de figurar el nombre y el logotipo de las
instituciones involucradas, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean
necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes
promocionales en que se han de incluir los mismos.
Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Se establece una comisión de seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente convenio, así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada: por parte del INAEM, las personas titulares de dirección y dirección
adjunta del CDN o personas en quien deleguen; y, por AC/E, las personas titulares de la
dirección de programación y dirección de producción o personas en quien deleguen.
cve: BOE-A-2025-6087
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.