Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos. (BOE-A-2025-5836)
Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera, por promoción interna, a personal funcionario y personal laboral fijo, del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Lunes 24 de marzo de 2025
Sec. II.A. Pág. 39410
con DNI ***552**, don Ignacio García García con DNI ***177**; doña Aurora González
Ginzo con DNI ***192**, doña M.ª Olga Mesado Jaén con DNI ***158**, don Alberto
Pedrosa Bernal, con DNI ***552**, don Mario Pinel Morante con DNI ***227**, don
Raymar Yaskel Ribeiro Álvarez con DNI ***722**, doña Maria Isabel Rico Garcia con DNI
***613*, doña Maria Isabel Rubianes Bouza con DNI ***738**, doña Irene Sáez Galindo
con DNI ***174** y a doña Fátima Solares Capellán con DNI ***077** por pertenecer al
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, en cumplimiento de lo
establecido en el punto 4 del apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio
por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el
ingreso o el acceso en cuerpo o escalas de la Administración General del Estado.
Cuarto.
Dejar sin efecto las actuaciones referidas a don Jose M.ª Morales Navarro con DNI
***955** y a doña Marta Gómez Calvente con DNI ***857**que han presentado renuncia
expresa a continuar participando en el proceso selectivo.
Quinto.
Las personas aspirantes que han accedido al proceso selectivo por el turno de
reserva a personas con discapacidad y que han solicitado la alteración del orden de
prelación para la elección de destinos, por motivos de dependencia personal, dificultades
de desplazamiento u otros análogos, tal como precisa el artículo 9 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, no se considera que haya quedado debidamente
acreditada la necesidad de alterar dicho orden y la adjudicación de destino para los
mismos se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
Sexto.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) de texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberán prestar
acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real
Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de quince
días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín
Oficial del Estado», que será de un mes cuando suponga cambio de localidad.
La formalización de la toma de posesión como personal funcionario de carrera y la
declaración de la situación administrativa que dicho acto conlleve, se efectuará en el
órgano competente de la Subsecretaría del Ministerio para las personas aspirantes que
obtienen destino en Servicios Centrales y en las Delegaciones o Subdelegaciones del
Gobierno, en su caso, respecto del personal funcionario destinado en los servicios
periféricos de ámbito regional o provincial, respectivamente.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses, a partir asimismo, del día siguiente al de su
publicación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
cve: BOE-A-2025-5836
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 71
Lunes 24 de marzo de 2025
Sec. II.A. Pág. 39410
con DNI ***552**, don Ignacio García García con DNI ***177**; doña Aurora González
Ginzo con DNI ***192**, doña M.ª Olga Mesado Jaén con DNI ***158**, don Alberto
Pedrosa Bernal, con DNI ***552**, don Mario Pinel Morante con DNI ***227**, don
Raymar Yaskel Ribeiro Álvarez con DNI ***722**, doña Maria Isabel Rico Garcia con DNI
***613*, doña Maria Isabel Rubianes Bouza con DNI ***738**, doña Irene Sáez Galindo
con DNI ***174** y a doña Fátima Solares Capellán con DNI ***077** por pertenecer al
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, en cumplimiento de lo
establecido en el punto 4 del apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio
por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el
ingreso o el acceso en cuerpo o escalas de la Administración General del Estado.
Cuarto.
Dejar sin efecto las actuaciones referidas a don Jose M.ª Morales Navarro con DNI
***955** y a doña Marta Gómez Calvente con DNI ***857**que han presentado renuncia
expresa a continuar participando en el proceso selectivo.
Quinto.
Las personas aspirantes que han accedido al proceso selectivo por el turno de
reserva a personas con discapacidad y que han solicitado la alteración del orden de
prelación para la elección de destinos, por motivos de dependencia personal, dificultades
de desplazamiento u otros análogos, tal como precisa el artículo 9 del Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, no se considera que haya quedado debidamente
acreditada la necesidad de alterar dicho orden y la adjudicación de destino para los
mismos se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
Sexto.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) de texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberán prestar
acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real
Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de quince
días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín
Oficial del Estado», que será de un mes cuando suponga cambio de localidad.
La formalización de la toma de posesión como personal funcionario de carrera y la
declaración de la situación administrativa que dicho acto conlleve, se efectuará en el
órgano competente de la Subsecretaría del Ministerio para las personas aspirantes que
obtienen destino en Servicios Centrales y en las Delegaciones o Subdelegaciones del
Gobierno, en su caso, respecto del personal funcionario destinado en los servicios
periféricos de ámbito regional o provincial, respectivamente.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses, a partir asimismo, del día siguiente al de su
publicación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
cve: BOE-A-2025-5836
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Séptimo.