Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-5881)
Resolución de 17 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo de la categoría de Técnico Auxiliar de Instalaciones Deportivas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Lunes 24 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 40079
por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el
acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2 Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con
el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes
que hayan superado aquélla, pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del
último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal
mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo
provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.3 Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas.
9.4 Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los
acuerdos definitivos del tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá
interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
10.
Presentación de documentos y contratación
10.1 Aquellas personas que hayan superado el proceso selectivo deberán
presentar en el área de Personal de la Universidad, sita en el Edificio Hospital Real en
Plaza de Falla, núm. 8, Cádiz, los documentos precisos para acreditar las condiciones
exigidas en la presente convocatoria.
10.2 Quienes hayan superado el proceso selectivo estarán exentas de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior contrato en la Universidad de Cádiz.
10.3 Las personas aspirantes que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma, se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser
contratadas en la categoría Técnico Auxiliar de Instalaciones Deportivas y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
Bolsa de trabajo
11.1 Como consecuencia de la resolución del presente proceso selectivo, se
elaborará una bolsa de trabajo de la categoría Técnico Auxiliar de Instalaciones
Deportivas, conforme a la establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz.
11.2 Conforme al apartado 3 del artículo 29 del mismo Reglamento para formar
parte de la bolsa de trabajo será necesario haber superado al menos la mitad de los
ejercicios de la fase de oposición.
11.3 Para la integración de la bolsa de trabajo consecuencia del presente proceso
selectivo, se estará a lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento de Selección,
Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la
Universidad de Cádiz.
11.4 Las personas aspirantes deberán aceptar expresamente, en la solicitud de
participación a este proceso selectivo, su inclusión, autorizando, en el mismo acto, la
publicación de la correspondiente bolsa de trabajo en la página web del Área de Personal.
11.5 La bolsa de trabajo tendrá una vigencia mínima de tres años y máxima de
cinco años desde su creación como consecuencia de los distintos procesos selectivos
que se celebren conforme a lo indicado en el apartado 1 del artículo 27 del citado
reglamento.
cve: BOE-A-2025-5881
Verificable en https://www.boe.es
11.
Núm. 71
Lunes 24 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 40079
por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el
acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2 Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con
el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes
que hayan superado aquélla, pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del
último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal
mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo
provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.3 Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas.
9.4 Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los
acuerdos definitivos del tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá
interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
10.
Presentación de documentos y contratación
10.1 Aquellas personas que hayan superado el proceso selectivo deberán
presentar en el área de Personal de la Universidad, sita en el Edificio Hospital Real en
Plaza de Falla, núm. 8, Cádiz, los documentos precisos para acreditar las condiciones
exigidas en la presente convocatoria.
10.2 Quienes hayan superado el proceso selectivo estarán exentas de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior contrato en la Universidad de Cádiz.
10.3 Las personas aspirantes que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma, se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser
contratadas en la categoría Técnico Auxiliar de Instalaciones Deportivas y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
Bolsa de trabajo
11.1 Como consecuencia de la resolución del presente proceso selectivo, se
elaborará una bolsa de trabajo de la categoría Técnico Auxiliar de Instalaciones
Deportivas, conforme a la establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz.
11.2 Conforme al apartado 3 del artículo 29 del mismo Reglamento para formar
parte de la bolsa de trabajo será necesario haber superado al menos la mitad de los
ejercicios de la fase de oposición.
11.3 Para la integración de la bolsa de trabajo consecuencia del presente proceso
selectivo, se estará a lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento de Selección,
Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la
Universidad de Cádiz.
11.4 Las personas aspirantes deberán aceptar expresamente, en la solicitud de
participación a este proceso selectivo, su inclusión, autorizando, en el mismo acto, la
publicación de la correspondiente bolsa de trabajo en la página web del Área de Personal.
11.5 La bolsa de trabajo tendrá una vigencia mínima de tres años y máxima de
cinco años desde su creación como consecuencia de los distintos procesos selectivos
que se celebren conforme a lo indicado en el apartado 1 del artículo 27 del citado
reglamento.
cve: BOE-A-2025-5881
Verificable en https://www.boe.es
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