Universidades. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-5910)
Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Fundación UNED, para la gestión de cursos de la oferta formativa de microcredenciales.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Lunes 24 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 40244
d) Apoyo en la difusión en medios de comunicación gráficos y online de la oferta de
los citados cursos.
e) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso cuya gestión
se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni
de los elementos sustantivos de su ejercicio.
Tercera.
La UNED compensará a la Fundación UNED los gastos que haya soportado en la
realización de esta encomienda, que serán financiados con cargo a la capítulo 2 de su
presupuesto (programa 322C artículo 22), clave orgánica 18.CM.27.
Esta compensación consistirá en el 5 % calculado sobre el importe que resulte de
multiplicar el precio de matrícula establecido para cada una de las titulaciones a impartir
por la universidad y que se detallan en el punto primero de este documento, por el
número de estudiantes que se inscriban en los cursos, una vez finalizado el proceso de
validación de las solicitudes de matrícula recibidas correctamente, y de anulación de las
solicitudes incompletas.
Cuarta.
El plazo de vigencia de la gestión encomendada se extenderá desde la fecha de la
firma al 30 de junio de 2026.
Si el desarrollo de las actividades encomendadas lo requiere, el presente acuerdo
podrá ser prorrogado o revocado, a propuesta de cualquiera de las partes, por acuerdo
expreso de las mismas.
Quinta.
La Entidad u órgano encomendado tendrá la condición de encargado del tratamiento
de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la
encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de
protección de datos de carácter personal según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
Se adjunta como anexo II, las cláusulas que deberá tener en cuenta la fundación,
como encargada del tratamiento, para tratar por cuenta del responsable, los datos de
carácter personal a los que tenga acceso para prestar el servicio objeto de la presente
encomienda.
Mediante la firma del presente acuerdo, la Fundación UNED se compromete al
cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional que pudiera resultar de aplicación,
derivada de la financiación con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia del objeto de la presente encomienda. En particular, aplicará medidas para
evitar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, a la hora de ejecutar la
compensación prevista en el apartado tercero, y garantizará el pleno cumplimiento del
principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (principio DNSH) y
el etiquetado climático (sin contribución específica) y digital con una contribución
del 100 % bajo la etiqueta 108, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y
por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021.
cve: BOE-A-2025-5910
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 71
Lunes 24 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 40244
d) Apoyo en la difusión en medios de comunicación gráficos y online de la oferta de
los citados cursos.
e) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso cuya gestión
se encomienda, siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni
de los elementos sustantivos de su ejercicio.
Tercera.
La UNED compensará a la Fundación UNED los gastos que haya soportado en la
realización de esta encomienda, que serán financiados con cargo a la capítulo 2 de su
presupuesto (programa 322C artículo 22), clave orgánica 18.CM.27.
Esta compensación consistirá en el 5 % calculado sobre el importe que resulte de
multiplicar el precio de matrícula establecido para cada una de las titulaciones a impartir
por la universidad y que se detallan en el punto primero de este documento, por el
número de estudiantes que se inscriban en los cursos, una vez finalizado el proceso de
validación de las solicitudes de matrícula recibidas correctamente, y de anulación de las
solicitudes incompletas.
Cuarta.
El plazo de vigencia de la gestión encomendada se extenderá desde la fecha de la
firma al 30 de junio de 2026.
Si el desarrollo de las actividades encomendadas lo requiere, el presente acuerdo
podrá ser prorrogado o revocado, a propuesta de cualquiera de las partes, por acuerdo
expreso de las mismas.
Quinta.
La Entidad u órgano encomendado tendrá la condición de encargado del tratamiento
de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la
encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de
protección de datos de carácter personal según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
Se adjunta como anexo II, las cláusulas que deberá tener en cuenta la fundación,
como encargada del tratamiento, para tratar por cuenta del responsable, los datos de
carácter personal a los que tenga acceso para prestar el servicio objeto de la presente
encomienda.
Mediante la firma del presente acuerdo, la Fundación UNED se compromete al
cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional que pudiera resultar de aplicación,
derivada de la financiación con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia del objeto de la presente encomienda. En particular, aplicará medidas para
evitar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, a la hora de ejecutar la
compensación prevista en el apartado tercero, y garantizará el pleno cumplimiento del
principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (principio DNSH) y
el etiquetado climático (sin contribución específica) y digital con una contribución
del 100 % bajo la etiqueta 108, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y
por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021.
cve: BOE-A-2025-5910
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.