Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2025-5688)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Andújar, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 38187
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de Dicireg en la Oficina General del Registro Civil de
Andújar y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Arjona, Arjonilla, Escañuela, Lahiguera, Lopera, Marmolejo y Villanueva de la
Reina que han de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación
de lo dispuesto en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Andújar, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Andújar y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Arjona, Arjonilla, Escañuela,
Lahiguera, Lopera, Marmolejo y Villanueva de la Reina, de la aplicación informática
denominada Dicireg, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones
contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 21 de abril de 2025.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática Dicireg.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el Encargado y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro
Civil de Andújar pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Andújar y
los Registros Civiles Municipales Delegados de Arjona, Arjonilla, Escañuela, Lahiguera,
Lopera, Marmolejo y Villanueva de la Reina pasarán a denominarse oficinas
colaboradoras del Registro Civil de Arjona, Arjonilla, Escañuela, Lahiguera, Lopera,
Marmolejo y Villanueva de la Reina, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en
la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la
Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en
dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática Dicireg, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011,
de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la Dirección
General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones, Circulares y
Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la aplicación de
la Ley 20/2011.
Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de Dicireg, esté
prestando servicios en el Registro Civil de Andújar y en las secretarías o unidades
procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de Arjona,
Arjonilla, Escañuela, Lahiguera, Lopera, Marmolejo y Villanueva de la Reina, continuará
desarrollando sus funciones en las oficinas del Registro Civil, según lo establecido en la
cve: BOE-A-2025-5688
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 38187
tareas preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores,
acordar la entrada en servicio de Dicireg en la Oficina General del Registro Civil de
Andújar y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Arjona, Arjonilla, Escañuela, Lahiguera, Lopera, Marmolejo y Villanueva de la
Reina que han de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación
de lo dispuesto en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Andújar, que comprende la Oficina General del Registro Civil de
Andújar y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Arjona, Arjonilla, Escañuela,
Lahiguera, Lopera, Marmolejo y Villanueva de la Reina, de la aplicación informática
denominada Dicireg, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones
contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 21 de abril de 2025.
2. El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes proveerá, en
cuanto al posterior desarrollo tecnológico evolutivo, explotación y mantenimiento, de la
aplicación informática Dicireg.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el Encargado y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro
Civil de Andújar pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Andújar y
los Registros Civiles Municipales Delegados de Arjona, Arjonilla, Escañuela, Lahiguera,
Lopera, Marmolejo y Villanueva de la Reina pasarán a denominarse oficinas
colaboradoras del Registro Civil de Arjona, Arjonilla, Escañuela, Lahiguera, Lopera,
Marmolejo y Villanueva de la Reina, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en
la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la
Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en
dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática Dicireg, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011,
de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la Dirección
General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones, Circulares y
Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la aplicación de
la Ley 20/2011.
Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de Dicireg, esté
prestando servicios en el Registro Civil de Andújar y en las secretarías o unidades
procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de Arjona,
Arjonilla, Escañuela, Lahiguera, Lopera, Marmolejo y Villanueva de la Reina, continuará
desarrollando sus funciones en las oficinas del Registro Civil, según lo establecido en la
cve: BOE-A-2025-5688
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.