Ministerio Fiscal. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos. (BOE-A-2025-5627)
Decreto de 11 de marzo de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria a don Jesús María Cabezón Elías.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. II.A. Pág. 38023
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO FISCAL
5627
Decreto de 11 de marzo de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se
nombra Fiscal Delegado de la especialidad de Protección de las Personas
con Discapacidad y Mayores de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de
Cantabria a don Jesús María Cabezón Elías.
El día 30 de enero de 2025 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía
General del Estado escrito del Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma
de Cantabria proponiendo el nombramiento de don Jesús María Cabezón Elías como
Fiscal Delegado de la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y
Mayores.
Hechos
El Fiscal Superior procedió a formalizar el nombramiento del Fiscal Delegado de la
especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores, para ello
comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado en la
delegación debería formular la correspondiente petición. El único peticionario fue don
Jesús María Cabezón Elías que presentó su currículum vitae y tiene acreditada
experiencia y formación al haber desempeñado de facto la función desde hace más de 5
años.
La propuesta de nombramiento de don Jesús María Cabezón Elías ha sido elevada
por el Fiscal Superior, con fecha 29 de enero de 2025, a la Fiscalía General del Estado,
destacando los méritos que le hacen idóneo para desempeñar el cargo.
Mediante escrito de fecha 3 de marzo de 2025 la Fiscal de Sala Coordinadora de la
especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores de la Fiscalía
General del Estado no formuló objeción a su designación (art. 62. 2. párrafo tercero
RMF). El Consejo Fiscal informó en igual sentido (art. 62. 2. párrafo tercero RMF).
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscales
delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y,
en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía
General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de
Sala Especialista o Delegado (art. 62.2).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los Fiscales de la
plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los
méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la
especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (art. 62.2 RMF).
cve: BOE-A-2025-5627
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. II.A. Pág. 38023
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO FISCAL
5627
Decreto de 11 de marzo de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se
nombra Fiscal Delegado de la especialidad de Protección de las Personas
con Discapacidad y Mayores de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de
Cantabria a don Jesús María Cabezón Elías.
El día 30 de enero de 2025 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía
General del Estado escrito del Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma
de Cantabria proponiendo el nombramiento de don Jesús María Cabezón Elías como
Fiscal Delegado de la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y
Mayores.
Hechos
El Fiscal Superior procedió a formalizar el nombramiento del Fiscal Delegado de la
especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores, para ello
comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado en la
delegación debería formular la correspondiente petición. El único peticionario fue don
Jesús María Cabezón Elías que presentó su currículum vitae y tiene acreditada
experiencia y formación al haber desempeñado de facto la función desde hace más de 5
años.
La propuesta de nombramiento de don Jesús María Cabezón Elías ha sido elevada
por el Fiscal Superior, con fecha 29 de enero de 2025, a la Fiscalía General del Estado,
destacando los méritos que le hacen idóneo para desempeñar el cargo.
Mediante escrito de fecha 3 de marzo de 2025 la Fiscal de Sala Coordinadora de la
especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores de la Fiscalía
General del Estado no formuló objeción a su designación (art. 62. 2. párrafo tercero
RMF). El Consejo Fiscal informó en igual sentido (art. 62. 2. párrafo tercero RMF).
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscales
delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y,
en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía
General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de
Sala Especialista o Delegado (art. 62.2).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los Fiscales de la
plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los
méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la
especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (art. 62.2 RMF).
cve: BOE-A-2025-5627
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Primero.