Ministerio Fiscal. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos. (BOE-A-2025-5622)
Decreto de 10 de marzo de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de la Jurisdicción Civil de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria a doña Isabel Secada Gutiérrez.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. II.A. Pág. 38014
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado»
(artículo 62.3 RMF).
Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta de la Fiscal Superior de la
Comunidad Autónoma de Cantabria está suficientemente motivada y avala la idoneidad
de la candidata.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal y de su reglamento y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a doña Isabel Secada Gutiérrez como Fiscal Delegada de la
Jurisdicción Civil de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal del Tribunal
Supremo Coordinadora de la Jurisdicción Civil y al Fiscal Superior de la Comunidad
Autónoma de Cantabria, que trasladará copia del presente Decreto a la fiscal interesada,
y lo pondrá en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 13.2 EOMF; STS 20 de
julio de 2015 Rec. Cas. 2099/2014; Orden de Servicio Inspección Fiscal 24 de
septiembre de 2015), cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de
reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Inspección Fiscal de
la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos
establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente,
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del
Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1 b) de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46
de esta misma ley, si se dispusiera de legitimación para ello.
cve: BOE-A-2025-5622
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 10 de marzo de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 69
Viernes 21 de marzo de 2025
Sec. II.A. Pág. 38014
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir
acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con
aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado»
(artículo 62.3 RMF).
Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta de la Fiscal Superior de la
Comunidad Autónoma de Cantabria está suficientemente motivada y avala la idoneidad
de la candidata.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal y de su reglamento y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a doña Isabel Secada Gutiérrez como Fiscal Delegada de la
Jurisdicción Civil de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal del Tribunal
Supremo Coordinadora de la Jurisdicción Civil y al Fiscal Superior de la Comunidad
Autónoma de Cantabria, que trasladará copia del presente Decreto a la fiscal interesada,
y lo pondrá en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 13.2 EOMF; STS 20 de
julio de 2015 Rec. Cas. 2099/2014; Orden de Servicio Inspección Fiscal 24 de
septiembre de 2015), cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de
reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Inspección Fiscal de
la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos
establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente,
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del
Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1 b) de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46
de esta misma ley, si se dispusiera de legitimación para ello.
cve: BOE-A-2025-5622
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Madrid, 10 de marzo de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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