Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Organización Nacional de Ciegos Españoles. Juegos. (BOE-A-2025-5601)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la modificación del Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de boletos de la ONCE» y se da publicidad a la implantación, lanzamiento y finalización de varios productos de dicha modalidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Jueves 20 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 37662

Apéndice E-2020-12
Normas de los productos «con mecánica cartas» a un euro, clase 2
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice
son las siguientes:











Vigencia del grupo de productos: 10 de junio de 2020.
Fecha de publicación en el BOE: 25 de abril de 2020.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 1 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 603.212.
Importe de premios por serie: 1.200.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 60,0 %.
Probabilidad de premio: Un boleto premiado de cada 3,3 boletos vendidos.

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto
(en euros)

1.ª

2

30.000,00

2.ª

2

1.000,00

3.ª

2

500,00

4.ª

4

200,00

5.ª

8

100,00

6.ª

60

50,00

7.ª

138

30,00

8.ª

400

20,00

9.ª

350

15,00

10.ª

700

13,00

11.ª

1.100

12,00

12.ª

1.496

10,00

13.ª

3.000

8,00

14.ª

4.000

7,00

15.ª

5.250

6,00

16.ª

1.800

5,50

17.ª

7.600

5,00

18.ª

4.000

4,50

19.ª

19.000

4,00

20.ª

12.500

3,50

21.ª

35.000

3,00

22.ª

30.000

2,50

23.ª

126.800

2,00

cve: BOE-A-2025-5601
Verificable en https://www.boe.es

La estructura de premios por categoría es la siguiente: