Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Organización Nacional de Ciegos Españoles. Juegos. (BOE-A-2025-5601)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la modificación del Reglamento regulador de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de boletos de la ONCE» y se da publicidad a la implantación, lanzamiento y finalización de varios productos de dicha modalidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Jueves 20 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 37640

Apéndice 15
Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y cuatro mecánicas» a tres euros,
clase 1
1.º

Aspectos generales.

Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice
son las siguientes:











Vigencia del grupo de productos: 1 de octubre de 2015.
Fecha de publicación en el BOE: 19 de septiembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 3 euros.
Boletos por serie: 4.000.000.
Valor facial de la serie: 12.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.209.078.
Importe de premios por serie: 7.440.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 62,0 %.
Probabilidad de premio: Un boleto premiado de cada 3,3 boletos vendidos.

Categorías de premios

Boletos premiados por cada serie

Premio unitario por boleto
(en euros)

1.ª

2

150.000

2.ª

6

5.000

3.ª

25

1.000

4.ª

45

500

5.ª

1.200

100

6.ª

1.000

60

7.ª

1.800

50

8.ª

8.000

30

9.ª

2.000

25

10.ª

4.000

24

11.ª

7.500

20

12.ª

13.500

18

13.ª

9.000

16

14.ª

29.250

15

15.ª

10.000

13

16.ª

40.000

12

17.ª

36.000

10

18.ª

28.000

9

19.ª

320.000

6

20.ª

97.750

5

21.ª

600.000

3

cve: BOE-A-2025-5601
Verificable en https://www.boe.es

La estructura de premios por categoría es la siguiente: