Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-5592)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de WPD-Tecnorenova, SLU, de autorización administrativa previa del parque eólico «Barreiros IV», de 49,5 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Lugo y Asturias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Jueves 20 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 37545

A la vista de la documentación aportada, dados los trámites efectuados y de acuerdo
con el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, en el ejercicio de las
competencias que le atribuye el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por
el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, resuelve:
Único.
Desestimar la solicitud de WPD-Tecnorenova, SLU, de autorización administrativa
previa del parque eólico «Barreiros IV», de 49,5 MW de potencia instalada, y de su
infraestructura de evacuación, en las provincias de Lugo y Asturias, acordando el archivo
del expediente SGIISE/PEol-834.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación
de la presente resolución, el último que se produzca.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

cve: BOE-A-2025-5592
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 28 de enero de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X