Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5594)
Resolución de 12 de marzo de 2025, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con Rassini, SAPI DE CV, para el apoyo del proyecto «Tan lejos, tan cerca. Guadalupe de México en España».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68
Jueves 20 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 37561
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el portal
de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso y Buen Gobierno (artículo 8.1 b).
Y en prueba de conformidad las partes firman el presente convenio por duplicado
ejemplar, uno para cada parte, en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.–El
Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.–El Apoderado de
Rassini, Juan Pablo Rosas Pérez.
ANEXO
Relación de beneficios a la colaboración en el Museo Nacional del Prado por cada
año de vigencia de un convenio colaborador del Museo Nacional del Prado
Rassini se compromete a realizar la siguiente aportación de 100.000,00 euros (cien
mil euros), al objeto de disponer de los siguientes beneficios en las actividades e
instalaciones del MNP:
Visibilidad:
– Participación en los actos de presentación que se celebren en torno a la actividad
objeto de la colaboración, junto a los representantes del Museo, de acuerdo a sus
características y protocolo exigido.
– Asistencia en otros actos institucionales del Museo, de acuerdo a sus
características y el protocolo exigido.
– Inclusión del nombre o logotipo del colaborador en cualquier soporte empleado
para la comunicación, promoción, difusión y publicidad relacionada con la actividad
objeto de la colaboración:
● Convocatorias de prensa, notas de prensa, así como entrevistas, artículos, etc., en
los que se pida su colaboración.
● Materiales de difusión y publicidad.
● Web del Museo, con enlace a la página web del colaborador.
● Publicación (si hubiera), situado en el interior de la misma.
● Memoria anual de actividades del Museo.
– Uso de la denominación Colaborador del Museo del Prado, previa aprobación del
Museo:
● En la comunicación corporativa del colaborador, de mutuo acuerdo con el Museo.
Ello podrá llevar aparejada la cesión de una o varias imágenes del Museo.
Visita:
– 3 visitas exclusivas, en horario de cierre al público del Museo, a la exposición
temporal patrocinada, para un máximo de 80 invitados cada una de ellas, a petición del
colaborador.
– 30 invitaciones dobles a las inauguraciones que organice el Museo.
– Aplicación de un descuento correspondiente a la normativa vigente en los eventos
que el colaborador quiera realizar en el Museo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2025-5594
Verificable en https://www.boe.es
Eventos:
Núm. 68
Jueves 20 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 37561
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el portal
de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso y Buen Gobierno (artículo 8.1 b).
Y en prueba de conformidad las partes firman el presente convenio por duplicado
ejemplar, uno para cada parte, en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.–El
Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.–El Apoderado de
Rassini, Juan Pablo Rosas Pérez.
ANEXO
Relación de beneficios a la colaboración en el Museo Nacional del Prado por cada
año de vigencia de un convenio colaborador del Museo Nacional del Prado
Rassini se compromete a realizar la siguiente aportación de 100.000,00 euros (cien
mil euros), al objeto de disponer de los siguientes beneficios en las actividades e
instalaciones del MNP:
Visibilidad:
– Participación en los actos de presentación que se celebren en torno a la actividad
objeto de la colaboración, junto a los representantes del Museo, de acuerdo a sus
características y protocolo exigido.
– Asistencia en otros actos institucionales del Museo, de acuerdo a sus
características y el protocolo exigido.
– Inclusión del nombre o logotipo del colaborador en cualquier soporte empleado
para la comunicación, promoción, difusión y publicidad relacionada con la actividad
objeto de la colaboración:
● Convocatorias de prensa, notas de prensa, así como entrevistas, artículos, etc., en
los que se pida su colaboración.
● Materiales de difusión y publicidad.
● Web del Museo, con enlace a la página web del colaborador.
● Publicación (si hubiera), situado en el interior de la misma.
● Memoria anual de actividades del Museo.
– Uso de la denominación Colaborador del Museo del Prado, previa aprobación del
Museo:
● En la comunicación corporativa del colaborador, de mutuo acuerdo con el Museo.
Ello podrá llevar aparejada la cesión de una o varias imágenes del Museo.
Visita:
– 3 visitas exclusivas, en horario de cierre al público del Museo, a la exposición
temporal patrocinada, para un máximo de 80 invitados cada una de ellas, a petición del
colaborador.
– 30 invitaciones dobles a las inauguraciones que organice el Museo.
– Aplicación de un descuento correspondiente a la normativa vigente en los eventos
que el colaborador quiera realizar en el Museo.
https://www.boe.es
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Eventos: