Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-5502)
Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación, con dos nuevas posiciones, de la subestación Montearenas 400 kV, en Ponferrada y Congosto (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 37002
Las características principales de la subestación Montearenas 400 kV son las
siguientes:
− Tensión nominal: 400 kV.
− Tensión más elevada para el material (Um): 420 kV.
− Tecnología: AIS.
− Instalación: convencional exterior.
− Configuración: Doble barra con barras de transferencia y barras partidas.
− Intensidad de cortocircuito de corta duración: 50 kA.
La configuración y disposición general de la subestación de Montearenas 400 kV,
tras la actuación contemplada, será la siguiente:
− Calle 39: Posición: Eólica 1 (a equipar).
− Calle 40: Posición: Anllares (ya equipada).
− Calle 41: Posición: Ludrio (ya equipada).
− Calle 42: Posición: Compostilla (ya equipada).
− Calle 43: Posición: Mudarra 2 (ya equipada).
− Calle 44: Posición: Mudarra 3 (ya equipada).
− Calle 45: Posición: Mudarra 1 (ya equipada).
− Calle 46: Posición: Lomba (ya equipada).
− Calle 47: Posición: Transformador ATP1 (ya equipada).
− Calle 48: Posición: Transformador AT2 (ya equipada).
− Calle 49: Posición: Reactancia REA1 (ya equipada).
− Calle 51: Posición: Acoplamiento mixto ACM1 (ya equipada).
− Calle 52: Posición: Acoplamiento mixto ACM2 (ya equipada).
− Calle 53: Posición: Navaleo 1 (a equipar).
Segundo.
Otorgar a Red Eléctrica de España, SAU autorización administrativa de construcción
para la ampliación, con dos nuevas posiciones, de la subestación Montearenas 400 kV,
situada en los términos municipales de Ponferrada y Congosto, en la provincia de León,
en las condiciones especiales contenidas en el anexo de la presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la
presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la
resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá
de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 4 de marzo de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
La autorización administrativa de construcción se concede, de acuerdo con lo
dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones
especiales siguientes:
1.ª Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y con las
disposiciones reglamentarias que le sean de aplicación, con las variaciones que, en su
caso, se soliciten y autoricen.
cve: BOE-A-2025-5502
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 37002
Las características principales de la subestación Montearenas 400 kV son las
siguientes:
− Tensión nominal: 400 kV.
− Tensión más elevada para el material (Um): 420 kV.
− Tecnología: AIS.
− Instalación: convencional exterior.
− Configuración: Doble barra con barras de transferencia y barras partidas.
− Intensidad de cortocircuito de corta duración: 50 kA.
La configuración y disposición general de la subestación de Montearenas 400 kV,
tras la actuación contemplada, será la siguiente:
− Calle 39: Posición: Eólica 1 (a equipar).
− Calle 40: Posición: Anllares (ya equipada).
− Calle 41: Posición: Ludrio (ya equipada).
− Calle 42: Posición: Compostilla (ya equipada).
− Calle 43: Posición: Mudarra 2 (ya equipada).
− Calle 44: Posición: Mudarra 3 (ya equipada).
− Calle 45: Posición: Mudarra 1 (ya equipada).
− Calle 46: Posición: Lomba (ya equipada).
− Calle 47: Posición: Transformador ATP1 (ya equipada).
− Calle 48: Posición: Transformador AT2 (ya equipada).
− Calle 49: Posición: Reactancia REA1 (ya equipada).
− Calle 51: Posición: Acoplamiento mixto ACM1 (ya equipada).
− Calle 52: Posición: Acoplamiento mixto ACM2 (ya equipada).
− Calle 53: Posición: Navaleo 1 (a equipar).
Segundo.
Otorgar a Red Eléctrica de España, SAU autorización administrativa de construcción
para la ampliación, con dos nuevas posiciones, de la subestación Montearenas 400 kV,
situada en los términos municipales de Ponferrada y Congosto, en la provincia de León,
en las condiciones especiales contenidas en el anexo de la presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la
presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la
resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá
de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 4 de marzo de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.
La autorización administrativa de construcción se concede, de acuerdo con lo
dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones
especiales siguientes:
1.ª Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y con las
disposiciones reglamentarias que le sean de aplicación, con las variaciones que, en su
caso, se soliciten y autoricen.
cve: BOE-A-2025-5502
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO