Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-5503)
Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación de la subestación Olmedo en el parque de 400 kV, con una nueva posición de reactancia y la máquina asociada, en el término municipal de Olmedo (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 37005
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid, hecho
público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 253, de 19 de octubre de 2024, así como
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid núm. 205 de fecha 23 de
octubre de 2024. No se recibieron alegaciones en el plazo establecido al efecto.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid emitió
informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción del proyecto presentado.
Esta ampliación de la subestación Olmedo 400 kV para solventar necesidades
específicas de operación mediante reactancias para control de tensión en el sistema
eléctrico peninsular, se encuentran incluida en la planificación vigente, «Plan de
Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobado por
Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 («Boletín Oficial del Estado»
núm. 93, de 19 de abril de 2022), así como en el «Acuerdo por el que se modifican
aspectos puntuales del plan de desarrollo de la red de transporte de energía
eléctrica 2021-2026, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo
de 2022, por el que se aprueba la Planificación de la Red de Transporte de Energía
Eléctrica Horizonte 2026», que ha sido adoptado por el Consejo de Ministros en su
reunión del día 16 de abril de 2024 («Boletín Oficial del Estado» núm. 100, de 24 de abril
de 2024).
Se remite propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para la emisión de informe de acuerdo a lo dispuesto por el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, modificado en su artículo 127.6 por el artículo 32.3 del
Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el
ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de
ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas
natural. Transcurrido el plazo de emisión de este informe de 15 días hábiles sin haberse
obtenido contestación y de conformidad con la normativa anteriormente indicada, se
considera informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de las actuaciones objeto de esta propuesta de
resolución.
De conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia de Red
Eléctrica, el cual ha respondido al mismo manifestando su conformidad.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que
deben regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de
un único acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
cve: BOE-A-2025-5503
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67
Miércoles 19 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 37005
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid, hecho
público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 253, de 19 de octubre de 2024, así como
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid núm. 205 de fecha 23 de
octubre de 2024. No se recibieron alegaciones en el plazo establecido al efecto.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid emitió
informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción del proyecto presentado.
Esta ampliación de la subestación Olmedo 400 kV para solventar necesidades
específicas de operación mediante reactancias para control de tensión en el sistema
eléctrico peninsular, se encuentran incluida en la planificación vigente, «Plan de
Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026», aprobado por
Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 («Boletín Oficial del Estado»
núm. 93, de 19 de abril de 2022), así como en el «Acuerdo por el que se modifican
aspectos puntuales del plan de desarrollo de la red de transporte de energía
eléctrica 2021-2026, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo
de 2022, por el que se aprueba la Planificación de la Red de Transporte de Energía
Eléctrica Horizonte 2026», que ha sido adoptado por el Consejo de Ministros en su
reunión del día 16 de abril de 2024 («Boletín Oficial del Estado» núm. 100, de 24 de abril
de 2024).
Se remite propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para la emisión de informe de acuerdo a lo dispuesto por el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, modificado en su artículo 127.6 por el artículo 32.3 del
Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el
ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de
ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas
natural. Transcurrido el plazo de emisión de este informe de 15 días hábiles sin haberse
obtenido contestación y de conformidad con la normativa anteriormente indicada, se
considera informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de las actuaciones objeto de esta propuesta de
resolución.
De conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia de Red
Eléctrica, el cual ha respondido al mismo manifestando su conformidad.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que
deben regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de
un único acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
cve: BOE-A-2025-5503
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 67