Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5469)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 36725

2. Si trascurrido dicho plazo persistiera injustificadamente el incumplimiento, la
parte requirente notificará a la otra la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el convenio, sin perjuicio de la liquidación de las obligaciones
pendientes que se dirimirán en la Comisión de Seguimiento.
3. En caso de incumplimiento del presente convenio imputable a la Confederación
Hidrográfica del Cantábrico, se aplicarán las medidas incluidas en la normativa nacional
y europea relativa al destino del Fondo de Recuperación Next Generation EU.
Duodécima. Modificación.
Este convenio puede ser modificado por acuerdo unánime de las partes, que se
formalizará mediante adenda, conforme al artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, que exceptúa de la autorización previa prevista en el artículo 50 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimotercera. Régimen de resolución de conflictos.
1. Las partes se comprometen a solventar por acuerdo mutuo en el seno de la
Comisión de Seguimiento, cuantas discrepancias resulten de la interpretación y
cumplimiento de este convenio.
2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación,
resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio que
se establezcan al amparo del mismo, se someterán ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20.c) de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Decimocuarta. Creación de la Agencia Estatal de Administración Digital.
Las partes son conscientes de la posibilidad de que, en cumplimiento de la
disposición adicional centésima decima séptima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, y el Real Decreto 1118/2024,
de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de
Administración Digital, durante la vigencia del convenio, puede producirse la constitución
efectiva de la Agencia Estatal de Administración Digital, que asumirá la posición jurídica
de la SGAD.
Y, en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio.–La Secretaria
de Estado de Función Pública, P.D. (Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo), el Secretario
General de Administración Digital, P.S. (Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero), el
Subdirector General de Planificación y Gobernanza de la Administración Digital, Santiago
Graña Domínguez.–La Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico,
Bárbara Monte Donapetry.
ANEXO I

Descripción

N.º inventario

N.º serie

Fecha inicio garantía

Portatil hp 640 g9

01427000101020076011

5CD3121PP1

30 de mayo de 2023.

Portatil hp 640 g9

01427000101020076012

5CD3121PN9

30 de mayo de 2023.

Portatil hp 640 g9

01427000101020076013

5CD3121T2K

30 de mayo de 2023.

Portatil hp 640 g9

01427000101020076014

5CD3121PF7

30 de mayo de 2023.

cve: BOE-A-2025-5469
Verificable en https://www.boe.es

Mediante el presente convenio se asigna a la Confederación Hidrográfica del
Cantábrico, con indicación del número de serie, número de inventario y fecha de inicio de
la garantía, los siguientes equipos portátiles ultraligeros: