Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5468)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la prestación de la solución de nube híbrida NubeSARA, financiado por la Unión Europea, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Fondo de Recuperación Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 36715

El organismo usuario deberá disponer de su propio nivel 1 de atención a usuarios
para la interlocución con el Centro de Servicios de la SGAD. En ningún caso se
atenderán desde el Centro de Servicios incidencias o peticiones procedentes
directamente de usuarios finales.
Se establecen los siguientes criterios de categorización de incidencias que permitirán
ofrecer tiempos de respuesta y resolución adecuados:
– Incidencias leves: Aquellas anomalías en el funcionamiento de los servicios
proporcionados a un organismo cliente que no supongan una interrupción en la
operatividad de ese organismo, pero que puedan afectar a funciones no básicas o a su
rendimiento.
– Incidencias medias: Aquellas anomalías que supongan una interrupción parcial
significativa en la operatividad del organismo cliente.
– Incidencias graves: Aquellas anomalías que supongan una interrupción completa
en la operatividad del organismo cliente.
Se entiende por tiempo de respuesta el transcurrido desde que se recibe una
incidencia o petición en el Centro de Servicios hasta que se responde al organismo
cliente con una comunicación en la que al menos se incluirán los siguientes datos:
número de seguimiento, fecha, hora y minuto de registro, descripción breve y
categorización. El tiempo de respuesta será inferior a treinta minutos.
También se habilitará al organismo cliente para que pueda registrar sus avisos de
incidencias y peticiones directamente en la herramienta de ticketing.
Como consecuencia del registro de una incidencia o petición se iniciarán las
actuaciones necesarias para su resolución. Si la incidencia es atribuible a un mal
funcionamiento de la infraestructura de los Servicios Comunes de la SGAD, el valor
objetivo del tiempo de resolución será el siguiente en función de las distintas categorías:
– Incidencias leves: inferior a 72 horas.
– Incidencias medias: inferior a 24 horas.
– Incidencias graves: inferior a 12 horas.
ANEXO III
Contraprestación económica
Con el objetivo de colaborar en la sostenibilidad funcional y técnica de los servicios
compartidos, la AECID contribuirá con una contraprestación económica que se
determina en base al uso de dichos servicios.
De los servicios del catálogo de la SGAD, la AECID ha mostrado interés en utilizar
algunos de ellos con la siguiente estimación inicial de uso de recursos en el primer año:
– NubeSARA-Cómputo-x86 sin licencia.
● 120 vCPUs, 200 GB de RAM y 4 TB de disco.
– NubeSARA-Ficheros.

– NubeSARA-Backup-Cómputo.
● 27,90 TB mediante Snapshot.
● 9,30 TB mediante Agente.
– NubeSARA-Backup-Ficheros.
● 37,60 TB sobre ficheros de NAS Alto rendimiento.

cve: BOE-A-2025-5468
Verificable en https://www.boe.es

● 4TB en calidad NAS Alto rendimiento.