Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-5512)
Resolución de 10 de marzo de 2025, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Enfermedades Raras y la Fundación Federación Española de Enfermedades Raras, para la promoción y ejecución del proyecto «Búsqueda de biomarcadores y nuevos tratamientos para la enfermedad de Lafora».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 37075

Las partes se reconocen recíprocamente la capacidad para la firma de este convenio
y, por este motivo,
EXPONEN
I.

Ámbito normativo

I. Que corresponde a la Administración General del Estado en virtud de lo
establecido en el artículo 149.1.15 de la Constitución, la competencia exclusiva sobre el
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
II. La Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica, por la que se regula la
investigación biomédica, contempla el fomento y la promoción de la actividad
investigadora en el Sistema Nacional de Salud y prevé la colaboración y participación
para la ejecución de programas o proyectos de investigación.
III. El artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, define los convenios como aquellos acuerdos con efectos jurídicos
adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas entre sí o con
sujetos de derecho privado para un fin común.
IV. Que de acuerdo con la Orden Ministerial SCO/806/2006 de 13 de marzo, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a
financiar estructuras estables de investigación cooperativa, en el área de biomedicina y
ciencias de la salud, establece que los CIBER tienen como objeto:
a) Impulsar la investigación de excelencia en Biomedicina y Ciencias de la Salud
que se realiza en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, mediante el desarrollo y
potenciación de estructuras estables de Investigación Cooperativa.
b) Promover y financiar, a través del Instituto de Salud Carlos III, la asociación
estable de grupos de investigación pertenecientes a centros de investigación, en las
diversas modalidades de Investigación Cooperativa en Red (Centro de Investigación
Biomédica en Red y Redes Temáticas de Investigación Cooperativa en Salud), para
contribuir a fundamentar científicamente los programas y políticas del Sistema Nacional
de Salud en las áreas prioritarias del Plan Nacional de I+D+I.
c) Generar grandes Centros de Investigación traslacional estables, de carácter
multidisciplinar y pluriinstitucional, donde se integre la investigación básica, clínica y
poblacional, al objeto de desarrollar un único programa común de investigación,
focalizado en ciertas patologías que son relevantes para el Sistema Nacional de Salud
por su prevalencia o que, debido a la repercusión social de las mismas, son
consideradas estratégicas para el mismo.
II. Fines de las instituciones
I. Que Fundación FEDER, es una organización sin ánimo de lucro que tiene como
fin el contribuir al desarrollo y mejora de las condiciones de vida de las personas
afectadas por enfermedades raras, a través de la promoción y apoyo a programas de
investigación.
II. Que FEDER es una entidad sin ánimo de lucro, independiente y cuya misión es
representar a las personas con enfermedades poco frecuentes, agrupando más de 400
asociaciones de pacientes de más de 1.500 patologías distintas. Tiene como fines
generales contribuir al desarrollo y mejora de las condiciones de vida de las personas
afectadas por enfermedades raras, a través de sus proyectos y servicios.
III. Que el CIBER es un Consorcio constituido por diversas instituciones y centros
de investigación con sede social en distintas Comunidades Autónomas, el CSIC, M.P. y
el Instituto de Salud Carlos III, O.A, M.P., siendo el CIBER, de conformidad con el
artículo 2 de sus estatutos CIBER, uno de los instrumentos de los que dispone la
Administración para alcanzar las metas establecidas en la Estrategia Estatal y en el Plan

cve: BOE-A-2025-5512
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Núm. 67