Ministerio de HaciendaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-9964)
Resolución de la Delegación Especial de Economía y Hacienda en Canarias - Las Palmas sobre la prescripción de depósitos en presunción de abandono.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Sec. V-B. Pág. 14962
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE HACIENDA
9964
Re solución de la De le gación Espe cial de Economía y Hacie nda e n
Canarias - Las Palmas sobre la pre scripción de de pósitos e n
pre sunción de abandono.
El artículo 18.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, establece que corresponden a la Administración
General del Estado los valores, dinero y demás bienes muebles depositados en la
Caja General de Depósitos y en entidades de crédito, sociedades o agencias de
valores o cualesquiera otras entidades financieras, así como los saldos de cuentas
corrientes, libretas de ahorro u otros instrumentos similares abiertos en estos
establecimientos, respecto de los cuales no se haya practicado gestión alguna por
los interesados que implique el ejercicio de su derecho de propiedad en el plazo de
veinte años.
De los antecedentes obrantes en la sucursal de la Caja General de Depósitos
de esta Delegación, se desprende que ni los propietarios ni sus causahabientes,
en su caso, de los depósitos en efectivo que a continuación se relacionan,
constituidos hace más de veinte años, han efectuado acción alguna de dominio
sobre los mismos, por lo que de acuerdo con los artículos 18.1 de la Ley 33/
2003,de 3 de noviembre, los artículos 23 y 44 del Real Decreto 937/2020 de 27 de
octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos,
resulta procedente considerar los citados depósitos como bienes abandonados
incursos en prescripción, y por ende, pertenecientes a la Administración General
del Estado.
Se advierte a los interesados que si en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado,
no se ha presentado reclamación justificando la interrupción del periodo de
prescripción antes de su vencimiento (veinte años, contados a partir del día
siguiente al de constitución de cada uno de los depósitos) se tramitará el
expediente de prescripción a favor del Estado.
Número de depósito
Fecha de Constitución
Importe de Constitución
Nombre Propietario
Autoridad a cuya disposición se constituyó
200400035E0004470
02/11/2004
6.010,10 €
Magwani Magwani, Ramesh
Demarcación de Costas en Canarias - Las Palmas
Las Palmas de Gran Canaria, 12 de marzo de 2025.- El Delegado de
Economía y Hacienda en Canarias - Las Palmas, Tanausú Quesada Medina.
cve: BOE-B-2025-9964
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250011518-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Sec. V-B. Pág. 14962
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MINISTERIO DE HACIENDA
9964
Re solución de la De le gación Espe cial de Economía y Hacie nda e n
Canarias - Las Palmas sobre la pre scripción de de pósitos e n
pre sunción de abandono.
El artículo 18.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, establece que corresponden a la Administración
General del Estado los valores, dinero y demás bienes muebles depositados en la
Caja General de Depósitos y en entidades de crédito, sociedades o agencias de
valores o cualesquiera otras entidades financieras, así como los saldos de cuentas
corrientes, libretas de ahorro u otros instrumentos similares abiertos en estos
establecimientos, respecto de los cuales no se haya practicado gestión alguna por
los interesados que implique el ejercicio de su derecho de propiedad en el plazo de
veinte años.
De los antecedentes obrantes en la sucursal de la Caja General de Depósitos
de esta Delegación, se desprende que ni los propietarios ni sus causahabientes,
en su caso, de los depósitos en efectivo que a continuación se relacionan,
constituidos hace más de veinte años, han efectuado acción alguna de dominio
sobre los mismos, por lo que de acuerdo con los artículos 18.1 de la Ley 33/
2003,de 3 de noviembre, los artículos 23 y 44 del Real Decreto 937/2020 de 27 de
octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos,
resulta procedente considerar los citados depósitos como bienes abandonados
incursos en prescripción, y por ende, pertenecientes a la Administración General
del Estado.
Se advierte a los interesados que si en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado,
no se ha presentado reclamación justificando la interrupción del periodo de
prescripción antes de su vencimiento (veinte años, contados a partir del día
siguiente al de constitución de cada uno de los depósitos) se tramitará el
expediente de prescripción a favor del Estado.
Número de depósito
Fecha de Constitución
Importe de Constitución
Nombre Propietario
Autoridad a cuya disposición se constituyó
200400035E0004470
02/11/2004
6.010,10 €
Magwani Magwani, Ramesh
Demarcación de Costas en Canarias - Las Palmas
Las Palmas de Gran Canaria, 12 de marzo de 2025.- El Delegado de
Economía y Hacienda en Canarias - Las Palmas, Tanausú Quesada Medina.
cve: BOE-B-2025-9964
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250011518-1
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