Ministerio de HaciendaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-9967)
Extracto de la Resolución de 14 de marzo de 2025 de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Toledo, por la que se convocan subvenciones en especie para la rehabilitación de edificios catalogados como Bienes de Interés Cultural en la categoría de monumentos en el casco histórico de Toledo en régimen de concurrencia competitiva
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

Sec. V-B. Pág. 14970

aprueban las bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva para la
concesión de subvenciones en especie por el Consorcio de la Ciudad de Toledo
para la rehabilitación de edificios catalogados como Bienes de Interés Cultural en
la categoría de monumentos en el casco histórico de Toledo, según acuerdo de
fecha 26 de abril de 2023, y publicadas en el BOE de 12 de julio de 2023.
Tercero. Condiciones Generales y Requisitos
La actuación subvencionable y los beneficiarios de la subvención deberán
cumplir las condiciones recogidas en los artículos 5, 6, 7 y 8 de las bases
reguladoras de las subvenciones en especie por las que se rige la presente
convocatoria.
Cuarto. Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán de acuerdo a los criterios de valoración
establecidos en el artículo 12 de las bases reguladoras de las subvenciones en
especie por las que se rige la presente convocatoria.
Quinto. Créditos
1. Las subvenciones que se convocan se financiarán con cargo a la partida
presupuestaria 33701.786 del Anexo de Inversiones, en el programa de Patrimonio
Monumental del presupuesto para el año 2024 del Consorcio de la Ciudad de
Toledo y serán aprobadas por Resolución del Órgano competente según lo
establecido en las bases reguladoras de las subvenciones en especie por las que
se rige la presente convocatoria, teniendo en cuenta la cuantía de los
presupuestos asignados.
2. La cuantía total máxima para la presente convocatoria será de doscientos
cincuenta mil euros (250.000 €), imputados a la anualidad 2025.
3. Se podrá incrementar la cuantía máxima de la presente convocatoria con
sujeción a lo dispuesto en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
En todo caso, el incremento debe realizarse en cualquier momento anterior a la
resolución de concesión.
El nuevo importe que resulte del incremento deberá ser objeto de
comunicación a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y de publicación en el
BOE, antes de la resolución de concesión, sin que tal publicación implique la
apertura de un nuevo plazo.

Las solicitudes de subvención se presentarán en la oficina del Consorcio de la
Ciudad de Toledo, Plaza de Santo Domingo el Antiguo nº 4, 45002 Toledo,
La presentación de la solicitud por medios electrónicos en el Registro
Electrónico del Consorcio de la Ciudad de Toledo se realizará a través del acceso
habilitado para ello en la dirección electrónica: https://
tramites.consorciotoledo.gob.es.
Las solicitudes se presentarán en modelo oficial normalizado junto con el

cve: BOE-B-2025-9967
Verificable en https://www.boe.es

Sexto. Lugar de presentación de las solicitudes