Ministerio Fiscal. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos. (BOE-A-2025-5195)
Decreto de 4 de marzo de 2025, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores de la Fiscalía Provincial de Girona a doña Ana Salvá Bestué.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65
Lunes 17 de marzo de 2025
Sec. II.A. Pág. 35427
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado»
(artículo 62.3 RMF).
Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta de la Fiscal Jefa Provincial de
Girona está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a doña Ana Salvá Bestué como Fiscal Delegada de la especialidad de
Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores de la Fiscalía Provincial de
Girona.
2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala
Coordinadora de la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y
Mayores, al Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Cataluña, a la Fiscal Jefa de
la Fiscalía Provincial de Girona, que trasladará copia del presente Decreto a la Fiscal
interesada, y lo pondrá en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 13.2
EOMF; STS 20 de julio de 2015 Rec. Cas. 2099/2014; Orden de Servicio Inspección
Fiscal 24 de septiembre de 2015), cabe interponer en el plazo de un mes recurso
potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la
Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny n.º 4 Madrid 28010) en
los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o,
alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1 b) de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo
dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley, si se dispusiera de legitimación para ello.
cve: BOE-A-2025-5195
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 4 de marzo de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 65
Lunes 17 de marzo de 2025
Sec. II.A. Pág. 35427
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado»
(artículo 62.3 RMF).
Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta de la Fiscal Jefa Provincial de
Girona está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a doña Ana Salvá Bestué como Fiscal Delegada de la especialidad de
Protección de las Personas con Discapacidad y Mayores de la Fiscalía Provincial de
Girona.
2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala
Coordinadora de la especialidad de Protección de las Personas con Discapacidad y
Mayores, al Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Cataluña, a la Fiscal Jefa de
la Fiscalía Provincial de Girona, que trasladará copia del presente Decreto a la Fiscal
interesada, y lo pondrá en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 13.2
EOMF; STS 20 de julio de 2015 Rec. Cas. 2099/2014; Orden de Servicio Inspección
Fiscal 24 de septiembre de 2015), cabe interponer en el plazo de un mes recurso
potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la
Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny n.º 4 Madrid 28010) en
los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o,
alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1 b) de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo
dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley, si se dispusiera de legitimación para ello.
cve: BOE-A-2025-5195
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 4 de marzo de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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