Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-9210)
Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2024 de la Secretaria de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se convocan ayudas para la preservación y conservación del patrimonio histórico aeronáutico, la difusión de la cultura y la formación aeronáuticas para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 63

Viernes 14 de marzo de 2025

Sec. V-B. Pág. 13993

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

9210

Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2024 de la Secretaria
de Estado de Transporte s y Movilidad Soste nible , por la que se
convocan ayudas para la preservación y conservación del patrimonio
histórico ae ronáutico, la difusión de la cultura y la formación
ae ronáuticas para e l año 2025.

BDNS(Identif.):820011
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
820011)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en las presentes bases
reguladoras las fundaciones y asociaciones de utilidad pública debidamente
registradas y domiciliadas en territorio español. Por tanto, deben:
a) Tener su residencia fiscal en España.
b) Ser Instituciones sin ánimo de lucro que tengan establecido en sus estatutos
que sus fines cumplen el objeto de las ayudas recogido en el artículo 1 de esta
orden.
c) Que dispongan en su patrimonio de una colección de Aviones Históricos
escala 1:1 de, al menos, cuatro piezas, ya sean aeronaves en vuelo, aeronaves
operativas en tierra, aeronaves en proceso de reparación o revisión, o aeronaves
estáticas en exposición y que el principal o principales modelos de aeronave que
compongan la colección haya o hayan tenido relevancia en la historia aeronáutica
española.
d) Que la colección de Aviones Históricos escala 1:1 se muestre al público con
voluntad divulgativa o informativa, tanto presencialmente como a través de una
página web.

Con carácter general, para ser beneficiarios de esta subvención no podrán
encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención
de la condición de beneficiario recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de
17de noviembre.
Segundo. Objeto.
Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la
preservación y conservación del patrimonio histórico aeronáutico, la difusión de la
cultura y la formación aeronáuticas.

cve: BOE-B-2025-9210
Verificable en https://www.boe.es

e) Deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias
y frente a la Seguridad Social recogida en los artículos 13, 14 e) y 34.5 de la
Ley38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre.