Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4994)
Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Particular Internacional SEK y el Consorcio Casa América, para articular la aportación económica destinada a apoyar los fines y la programación ordinaria del Consorcio.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 34000
infantil (preescolar), y puede llegar, si el alumno así lo desea, a los cursos de
doctorado en las universidades SEK. A los centros SEK les inspira un mismo ideario,
compartiendo metas y valores comunes, forjados a lo largo de una historia centenaria,
en la que se ha procurado siempre entregar a cada alumno la más alta calidad
educativa. Todos los centros de la Institución Internacional SEK, están oficialmente
reconocidos en los países donde se encuentran, muchos de ellos en países de
América y disponen de la más moderna infraestructura educativa y cuentan con
equipos docentes de primer nivel internacional.
Segundo.
Que, el Consorcio Casa de América (en adelante, Casa de América) es una entidad
de derecho público de carácter interadministrativo, con personalidad jurídica propia y
plena capacidad de obrar, y dotada de un patrimonio propio. El Consorcio está integrado
por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la Comunidad de
Madrid y el Ayuntamiento de Madrid. A tenor de lo dispuesto en sus Estatutos Sociales,
es una entidad que tiene como gran objetivo fomentar el mejor conocimiento y las
relaciones interculturales entre España y los países del continente americano, en
particular con Latinoamérica y el Caribe. La Casa de América se configura como una
institución para el desarrollo de actividades que fomenten el debate, la reflexión y la
investigación sobre temas culturales, artísticos, sociales, de pensamiento e
investigación, educativos, institucionales y económicos.
Tercero.
Que, Casa de América para la realización de su programación anual de actividades
cuenta con el apoyo y la colaboración, de empresas e instituciones tanto públicas como
privadas. Dichas empresas conforman el Alto Patronato, presidido por Su Majestad El
Rey.
Cuarto.
Que Casa de América es considerada una entidad beneficiaria del mecenazgo de
acuerdo a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen fiscal de las entidades sin
fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Disposición adicional séptima.
BOE núm. 307, martes 24 diciembre 2002.
Quinto.
Sexto.
Que, como consecuencia de lo expuesto, las partes estiman conveniente formalizar
el presente convenio, que facilitará la consecución de los objetivos de interés común
propuestos.
cve: BOE-A-2025-4994
Verificable en https://www.boe.es
Que ambas partes se reconocen mutua capacidad para suscribir el presente
convenio y para trabajar de manera conjunta en el desarrollo de las iniciativas
contempladas en sus respectivos fines y objetivos de carácter sociocultural. Dentro de su
respectivo marco de actuación, consideran beneficiosa la cooperación en proyectos que
impliquen la elaboración y ejecución de actividades sociales, la difusión y el intercambio
cultural, de pensamiento e investigación en educación, entre Iberoamérica y España,
haciendo visible la aportación de la Comunidad Iberoamericana en nuestra sociedad,
como vía esencial para promover su integración a todos los niveles.
Núm. 62
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 34000
infantil (preescolar), y puede llegar, si el alumno así lo desea, a los cursos de
doctorado en las universidades SEK. A los centros SEK les inspira un mismo ideario,
compartiendo metas y valores comunes, forjados a lo largo de una historia centenaria,
en la que se ha procurado siempre entregar a cada alumno la más alta calidad
educativa. Todos los centros de la Institución Internacional SEK, están oficialmente
reconocidos en los países donde se encuentran, muchos de ellos en países de
América y disponen de la más moderna infraestructura educativa y cuentan con
equipos docentes de primer nivel internacional.
Segundo.
Que, el Consorcio Casa de América (en adelante, Casa de América) es una entidad
de derecho público de carácter interadministrativo, con personalidad jurídica propia y
plena capacidad de obrar, y dotada de un patrimonio propio. El Consorcio está integrado
por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la Comunidad de
Madrid y el Ayuntamiento de Madrid. A tenor de lo dispuesto en sus Estatutos Sociales,
es una entidad que tiene como gran objetivo fomentar el mejor conocimiento y las
relaciones interculturales entre España y los países del continente americano, en
particular con Latinoamérica y el Caribe. La Casa de América se configura como una
institución para el desarrollo de actividades que fomenten el debate, la reflexión y la
investigación sobre temas culturales, artísticos, sociales, de pensamiento e
investigación, educativos, institucionales y económicos.
Tercero.
Que, Casa de América para la realización de su programación anual de actividades
cuenta con el apoyo y la colaboración, de empresas e instituciones tanto públicas como
privadas. Dichas empresas conforman el Alto Patronato, presidido por Su Majestad El
Rey.
Cuarto.
Que Casa de América es considerada una entidad beneficiaria del mecenazgo de
acuerdo a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen fiscal de las entidades sin
fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Disposición adicional séptima.
BOE núm. 307, martes 24 diciembre 2002.
Quinto.
Sexto.
Que, como consecuencia de lo expuesto, las partes estiman conveniente formalizar
el presente convenio, que facilitará la consecución de los objetivos de interés común
propuestos.
cve: BOE-A-2025-4994
Verificable en https://www.boe.es
Que ambas partes se reconocen mutua capacidad para suscribir el presente
convenio y para trabajar de manera conjunta en el desarrollo de las iniciativas
contempladas en sus respectivos fines y objetivos de carácter sociocultural. Dentro de su
respectivo marco de actuación, consideran beneficiosa la cooperación en proyectos que
impliquen la elaboración y ejecución de actividades sociales, la difusión y el intercambio
cultural, de pensamiento e investigación en educación, entre Iberoamérica y España,
haciendo visible la aportación de la Comunidad Iberoamericana en nuestra sociedad,
como vía esencial para promover su integración a todos los niveles.