Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-5021)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Autoridad Portuaria de Málaga, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Jueves 13 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 34136

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
5021

Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Autoridad Portuaria de Málaga,
sobre delegación de competencias.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Málaga en su sesión
de 19 de febrero de 2025, a la vista del informe-propuesta del Director, ha acordado la
modificación de la «Norma de delegación de funciones para la gestión y administración
de la Autoridad Portuaria y del Puerto así como para la recaudación de sus ingresos»
aprobada por el Consejo de Administración de 22 de diciembre de 2012, en el siguiente
sentido:
Primero.
Incluir un nuevo apartado del siguiente tenor:
«2.1.19 Resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial con un
límite económico de ocho mil (8.000) euros. Así como la resolución desestimatoria
de los recursos de reposición que se puedan plantear contra la resolución.»
Segundo.
Ordenar la publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el
«Boletín de la Provincia de Málaga» de conformidad con lo establecido en el artículo 9.3
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá(n) Ud.(s)
potestativamente interponer en el plazo de un mes recurso de reposición ante esta
Presidencia o impugnarla directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses mediante el
oportuno recurso, todo ello en virtud de lo establecido en los artículos 24, 114, 115, 123
y 124 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común en las
Administraciones Públicas, en ambos casos a contar desde el día siguiente a su
notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3, en relación con los
artículos 10.1 m) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.

cve: BOE-A-2025-5021
Verificable en https://www.boe.es

Málaga, 21 de febrero de 2025.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Málaga,
Carlos Rubio Basabe.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X