Comunidad Autónoma de Canarias. I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-4913)
Ley 5/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025.
197 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 33645
destinados a las entidades locales por la reducción de la compensación del impuesto
general sobre el tráfico de empresas.
b) Los créditos del capítulo 4 «Transferencias corrientes» consignados en el
programa 112A «Tribunales de Justicia», destinados a la financiación del servicio público
de asistencia jurídica gratuita.
c) Los créditos del capítulo 4 «Transferencias corrientes» consignados en el
programa 231I «Fomento de la Inclusión social» de la sección 23 «Bienestar Social,
Igualdad, Juventud, Infancia y Familias», servicio 07 «Dirección General de Derechos
Sociales e Inmigración», afectos a los gastos de ayudas a la integración social y a la
Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.
d) Los créditos consignados en el capítulo 6 «Inversiones reales» en los
programas 322B «Educación Infantil, Primaria y primer ciclo de la ESO», 322C
«Enseñanza Secundaria y Formación Profesional» y 322K «Enseñanzas Régimen
Educación Especial y Educación de Adultos» de la sección 18 «Consejería de
Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes», servicio 05 «Dirección
General de Infraestructuras y Equipamientos», salvo cuando cuenten con financiación
externa.
e) Los créditos consignados en los proyectos destinados a la financiación de las
actuaciones del programa 453D «Convenio de Carreteras con Ministerio de Fomento» de
la sección 11 «Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad» del servicio 04
«Dirección General de Infraestructura Viaria.»
f) Los créditos consignados en los proyectos destinados a la financiación de las
actuaciones del programa 453D «Convenio de Carreteras con Ministerio de Fomento» de
la sección 11 «Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad» del servicio 04
«Dirección General de Infraestructura Viaria.»
2.
Son vinculantes a nivel de sección, servicio y capítulo:
a) Los créditos consignados en los programas 322B «Educación Infantil, Primaria y
primer ciclo de la ESO» y 322C, «Enseñanza Secundaria y Formación Profesional» del
capítulo 4 «Transferencias corrientes» de la sección 18 «Educación, Formación
Profesional, Actividad Física y Deportes», servicio 04 «Dirección General de Personal y
Formación del Profesorado» y servicio 21 «Dirección General de Administración de
Centros, Escolarización y Servicios Complementarios», afectos a los gastos de personal
y de funcionamiento de la educación concertada.
b) Los créditos consignados en el servicio 72 «Unidades administrativas
provisionales.»
a) Los créditos consignados en el programa 312C «Atención Especializada» del
subconcepto 480.01 «Transferencias a familias e instituciones sin fines de lucro», de las
líneas de actuación destinadas a prótesis, vehículos para personas con movilidad
reducida, gastos en inhumaciones o incineraciones y entregas por desplazamientos.
b) Los créditos del capítulo 1 «Gastos de personal» consignados en los
programas 311E «Dirección administrativa y servicios generales MRR», 312D «Atención
Especializada MRR» y 312G «Atención Primaria MRR» de la sección 39 «Servicio
Canario de la Salud.»
c) Los créditos del capítulo 1 «Gastos de personal» del servicio 70 «Mecanismo
para la Recuperación y la Resiliencia.»
4. Los créditos de la sección 50 «Servicio Canario de Empleo» con financiación
estatal destinados a acciones de empleo, de formación o de modernización vinculan a
nivel de sección, servicio, capítulo y fondo.
cve: BOE-A-2025-4913
Verificable en https://www.boe.es
3. Son vinculantes a nivel de sección, servicio, programa, capítulo y fondo los
siguientes créditos:
Núm. 62
Jueves 13 de marzo de 2025
Sec. I. Pág. 33645
destinados a las entidades locales por la reducción de la compensación del impuesto
general sobre el tráfico de empresas.
b) Los créditos del capítulo 4 «Transferencias corrientes» consignados en el
programa 112A «Tribunales de Justicia», destinados a la financiación del servicio público
de asistencia jurídica gratuita.
c) Los créditos del capítulo 4 «Transferencias corrientes» consignados en el
programa 231I «Fomento de la Inclusión social» de la sección 23 «Bienestar Social,
Igualdad, Juventud, Infancia y Familias», servicio 07 «Dirección General de Derechos
Sociales e Inmigración», afectos a los gastos de ayudas a la integración social y a la
Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.
d) Los créditos consignados en el capítulo 6 «Inversiones reales» en los
programas 322B «Educación Infantil, Primaria y primer ciclo de la ESO», 322C
«Enseñanza Secundaria y Formación Profesional» y 322K «Enseñanzas Régimen
Educación Especial y Educación de Adultos» de la sección 18 «Consejería de
Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes», servicio 05 «Dirección
General de Infraestructuras y Equipamientos», salvo cuando cuenten con financiación
externa.
e) Los créditos consignados en los proyectos destinados a la financiación de las
actuaciones del programa 453D «Convenio de Carreteras con Ministerio de Fomento» de
la sección 11 «Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad» del servicio 04
«Dirección General de Infraestructura Viaria.»
f) Los créditos consignados en los proyectos destinados a la financiación de las
actuaciones del programa 453D «Convenio de Carreteras con Ministerio de Fomento» de
la sección 11 «Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad» del servicio 04
«Dirección General de Infraestructura Viaria.»
2.
Son vinculantes a nivel de sección, servicio y capítulo:
a) Los créditos consignados en los programas 322B «Educación Infantil, Primaria y
primer ciclo de la ESO» y 322C, «Enseñanza Secundaria y Formación Profesional» del
capítulo 4 «Transferencias corrientes» de la sección 18 «Educación, Formación
Profesional, Actividad Física y Deportes», servicio 04 «Dirección General de Personal y
Formación del Profesorado» y servicio 21 «Dirección General de Administración de
Centros, Escolarización y Servicios Complementarios», afectos a los gastos de personal
y de funcionamiento de la educación concertada.
b) Los créditos consignados en el servicio 72 «Unidades administrativas
provisionales.»
a) Los créditos consignados en el programa 312C «Atención Especializada» del
subconcepto 480.01 «Transferencias a familias e instituciones sin fines de lucro», de las
líneas de actuación destinadas a prótesis, vehículos para personas con movilidad
reducida, gastos en inhumaciones o incineraciones y entregas por desplazamientos.
b) Los créditos del capítulo 1 «Gastos de personal» consignados en los
programas 311E «Dirección administrativa y servicios generales MRR», 312D «Atención
Especializada MRR» y 312G «Atención Primaria MRR» de la sección 39 «Servicio
Canario de la Salud.»
c) Los créditos del capítulo 1 «Gastos de personal» del servicio 70 «Mecanismo
para la Recuperación y la Resiliencia.»
4. Los créditos de la sección 50 «Servicio Canario de Empleo» con financiación
estatal destinados a acciones de empleo, de formación o de modernización vinculan a
nivel de sección, servicio, capítulo y fondo.
cve: BOE-A-2025-4913
Verificable en https://www.boe.es
3. Son vinculantes a nivel de sección, servicio, programa, capítulo y fondo los
siguientes créditos: