Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4897)
Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Fundación ICO, F.S.P., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid, para la promoción de programación cultural de especial relevancia para la ciudad mediante la disponibilidad de espacios de reserva institucional en mobiliario urbano.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 33315
Sexto.
Que la existencia de intereses comunes permitirá fomentar y difundir de una manera
más eficiente la actividad cultural madrileña, como lo demuestran los excelentes
resultados alcanzados y el alto grado de satisfacción obtenido por ambas partes en el
cumplimiento de los objetivos fijados en dicho convenio; razón por la cual estiman
conveniente continuar una relación de colaboración eficaz que facilite el logro de
objetivos de interés común, a través de la realización de actividades conjuntas para la
promoción y difusión de eventos culturales de especial interés para la ciudad de Madrid.
Por todo ello, y en razón a cuanto antecede, ambas partes manifiestan de forma
unánime su decisión de suscribir un nuevo convenio, en sustitución del convenio firmado
el 18 de febrero de 2019, y, reconociéndose el mutuo interés, acuerdan suscribir el
presente convenio entre el Ayuntamiento de Madrid y la Fundación ICO, para la
promoción de programación cultural de especial relevancia para la ciudad mediante la
disponibilidad de espacios de reserva institucional en mobiliario urbano, para los
próximos 4 (cuatro) años con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre los firmantes para
la cesión por el Ayuntamiento, durante el tiempo que se determine para cada actividad,
de circuitos de publicidad exterior en formato banderolas de farola, con la finalidad de
promocionar la programación cultural de la Fundación ICO y de complementar la oferta
cultural del Ayuntamiento de Madrid.
Obligaciones del Ayuntamiento de Madrid.
– Colaborar en la difusión de las distintas actividades que organice la Fundación,
poniendo a su disposición de forma gratuita circuitos publicitarios en banderolas de farola
destinados a tal fin. Las características, número y duración de los circuitos que el
Ayuntamiento de Madrid pone a disposición en virtud de este convenio estarán
determinados por la disponibilidad de espacios existentes para la correspondiente
campaña.
Las reservas de circuitos de publicidad institucional se ajustarán a las condiciones
aprobadas por Resolución de fecha 10 de abril de 2018, del Director General de
Comunicación del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y
Emergencias.
– En relación con todas las necesidades de instalación y reservas de espacios, el
Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Museos del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, asistirá en la presentación
y tramitación de solicitudes necesarias para la obtención y gestión de las autorizaciones
y permisos necesarios siendo, en última instancia, la Dirección General de Comunicación
del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias la unidad
competente para autorizar o denegar permisos y autorizaciones conforme la normativa
vigente.
– Para la difusión de las actividades que organice y realice la Fundación, en el
marco del presente convenio, se emplearán los elementos publicitarios producidos y
suministrados por esta parte o entidad que colabore en la organización de dichas
actividades.
– El Ayuntamiento de Madrid no utilizará el logotipo, marcas o signos distintivos de la
Fundación para otros fines que los establecidos en el presente convenio, debiendo cesar
inmediatamente en su utilización una vez extinguido su plazo de vigencia. Asimismo, se
compromete a otorgar el derecho al uso de los logotipos municipales y su publicidad en
cve: BOE-A-2025-4897
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 33315
Sexto.
Que la existencia de intereses comunes permitirá fomentar y difundir de una manera
más eficiente la actividad cultural madrileña, como lo demuestran los excelentes
resultados alcanzados y el alto grado de satisfacción obtenido por ambas partes en el
cumplimiento de los objetivos fijados en dicho convenio; razón por la cual estiman
conveniente continuar una relación de colaboración eficaz que facilite el logro de
objetivos de interés común, a través de la realización de actividades conjuntas para la
promoción y difusión de eventos culturales de especial interés para la ciudad de Madrid.
Por todo ello, y en razón a cuanto antecede, ambas partes manifiestan de forma
unánime su decisión de suscribir un nuevo convenio, en sustitución del convenio firmado
el 18 de febrero de 2019, y, reconociéndose el mutuo interés, acuerdan suscribir el
presente convenio entre el Ayuntamiento de Madrid y la Fundación ICO, para la
promoción de programación cultural de especial relevancia para la ciudad mediante la
disponibilidad de espacios de reserva institucional en mobiliario urbano, para los
próximos 4 (cuatro) años con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre los firmantes para
la cesión por el Ayuntamiento, durante el tiempo que se determine para cada actividad,
de circuitos de publicidad exterior en formato banderolas de farola, con la finalidad de
promocionar la programación cultural de la Fundación ICO y de complementar la oferta
cultural del Ayuntamiento de Madrid.
Obligaciones del Ayuntamiento de Madrid.
– Colaborar en la difusión de las distintas actividades que organice la Fundación,
poniendo a su disposición de forma gratuita circuitos publicitarios en banderolas de farola
destinados a tal fin. Las características, número y duración de los circuitos que el
Ayuntamiento de Madrid pone a disposición en virtud de este convenio estarán
determinados por la disponibilidad de espacios existentes para la correspondiente
campaña.
Las reservas de circuitos de publicidad institucional se ajustarán a las condiciones
aprobadas por Resolución de fecha 10 de abril de 2018, del Director General de
Comunicación del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y
Emergencias.
– En relación con todas las necesidades de instalación y reservas de espacios, el
Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Museos del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, asistirá en la presentación
y tramitación de solicitudes necesarias para la obtención y gestión de las autorizaciones
y permisos necesarios siendo, en última instancia, la Dirección General de Comunicación
del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias la unidad
competente para autorizar o denegar permisos y autorizaciones conforme la normativa
vigente.
– Para la difusión de las actividades que organice y realice la Fundación, en el
marco del presente convenio, se emplearán los elementos publicitarios producidos y
suministrados por esta parte o entidad que colabore en la organización de dichas
actividades.
– El Ayuntamiento de Madrid no utilizará el logotipo, marcas o signos distintivos de la
Fundación para otros fines que los establecidos en el presente convenio, debiendo cesar
inmediatamente en su utilización una vez extinguido su plazo de vigencia. Asimismo, se
compromete a otorgar el derecho al uso de los logotipos municipales y su publicidad en
cve: BOE-A-2025-4897
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.