Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Abogacía. (BOE-A-2025-4857)
Orden PJC/233/2025, de 7 de marzo, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la abogacía para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Miércoles 12 de marzo de 2025
13.

Sec. III. Pág. 33097

Problemas de conexión

En el supuesto de que se produzca alguna incidencia de tipo técnico que afecte de
manera general a todas las personas aspirantes y que les impida el acceso a la
plataforma, como una caída del sistema o de la red de transmisión de datos, la Comisión
Evaluadora, después de escuchar el criterio de los técnicos responsables de la
plataforma acerca de la naturaleza de la incidencia y de su alcance, podrá adoptar las
decisiones que considere procedentes teniendo en cuenta el interés de las personas
aspirantes, incluyendo las de ampliar el tiempo para la realización de la prueba, repetir la
prueba en otro momento o dar la misma por finalizada, en cuyo caso, se puntuará en
función de las preguntas contestadas hasta ese momento.
Si la persona aspirante abandona la plataforma por razones personales o
exclusivamente atribuibles a su dispositivo, se guardarán las preguntas contestadas
hasta entonces por un tiempo de quince minutos durante el cual podrá retomar la
prueba, repitiendo los pasos de entrada, en cualquier momento y a través de cualquier
dispositivo electrónico con acceso a internet y dotado de webcam. Transcurrido ese
plazo, el acceso a la prueba quedará cerrado y se calificará con las preguntas
respondidas hasta entonces.
14.
Resultado de la prueba.

A partir del primer día hábil siguiente a la realización de la prueba, la persona
aspirante podrá acceder a la plataforma AVEX de la UNED con su clave de acceso para
descargar la plantilla de las preguntas y contenido de la prueba. Ese mismo día se harán
públicas las plantillas provisionales de las respuestas correctas, mediante su publicación
en el portal web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
(https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo-publico/acceso-profesion-abogados).
Una vez publicadas las plantillas provisionales, los interesados, en un plazo de
cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación, podrán
presentar las impugnaciones que estimen pertinentes, respecto a la formulación de las
preguntas y de las correspondientes respuestas correctas. Se utilizará el modelo de
impugnación que figura en el formulario que podrá descargarse en el apartado «Empleo
Público y acceso a profesiones-Acceso a la profesión de Abogados», cumplimentando
un único formulario para cada impugnación, y se remitirá a la dirección de correo
acceso.abogacia@mjusticia.es consignando en el asunto la palabra «Impugnaciones».
Se darán por no recibidas aquellas impugnaciones que consten de más de un
formulario y aquellas que no se correspondan con la plantilla de respuestas publicada
en el portal del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
La pregunta o preguntas que resulten anuladas serán sustituidas, por su orden y en
función del apartado al que pertenezcan, por las preguntas de reserva. Una vez
resueltas las impugnaciones se publicará en el portal web del Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (https://www.mjusticia.gob.es/es/
ciudadania/empleo-publico/acceso-profesion-abogados) la plantilla definitiva de
respuestas.
La resolución de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia que
resuelva las impugnaciones de las preguntas pondrá fin a la vía administrativa, siendo
susceptible de recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde su
publicación en la página web o bien de recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses desde su publicación.

cve: BOE-A-2025-4857
Verificable en https://www.boe.es

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Resultados y calificación