Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Abogacía. (BOE-A-2025-4857)
Orden PJC/233/2025, de 7 de marzo, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la abogacía para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61

Miércoles 12 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 33089

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4857

Orden PJC/233/2025, de 7 de marzo, por la que se convoca la prueba de
evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la
abogacía para el año 2025.

El artículo 7.7 de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones
de la Abogacía y la Procura, establece que reglamentariamente se regulará el
procedimiento de convocatoria de la prueba de evaluación de aptitud para el ejercicio de
la profesión de la Abogacía.
El artículo 18 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de
junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, sobre el acceso a las
profesiones de la Abogacía y la Procura, afirma que es competencia de los Ministerios
de Justicia y de Educación convocar la prueba de evaluación de aptitud para el ejercicio
de la profesión de la Abogacía.
Las competencias en materia de justicia corresponden actualmente al Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y las competencias en materia de
universidades corresponden al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, de
conformidad con lo establecido en el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el
que se reestructuran los Departamentos Ministeriales.
La experiencia adquirida con respecto a la planificación e implantación de la prueba
de evaluación de la aptitud profesional para el acceso a la Abogacía online en las
convocatorias de los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, así como el alto grado de
satisfacción obtenido en cuanto a la ejecución y desarrollo de estas, aconsejan que las
pruebas de acceso a la profesión de la Abogacía se realicen nuevamente online de
manera simultánea en este año 2025.
La presente convocatoria se aprueba en atención a lo dispuesto en la disposición
transitoria segunda de la Ley 15/2021, de 23 de octubre, sobre el régimen transitorio
aplicable a los cursos de formación y de la evaluación y por lo dispuesto en el
Reglamento aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio.
En su virtud, a propuesta conjunta de la Ministra de Ciencia, Innovación y
Universidades y del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
dispongo:
Apartado único.

Madrid, 7 de marzo de 2025.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes, Félix Bolaños García.
ANEJO
1.

Convocatoria

Se convoca la prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación
profesional para el acceso a la profesión de la Abogacía, dirigida a comprobar la
formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas

cve: BOE-A-2025-4857
Verificable en https://www.boe.es

Se convoca la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la
profesión de la Abogacía para el año 2025, que se regirá por lo dispuesto en la presente
convocatoria que figura como anejo a esta orden.