Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-9010)
Extracto de la Resolución, de 6 de marzo, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se convoca la concesión de ayudas directas para el fomento de los servicios públicos de préstamo de bicicletas, recogidas en el Título II, Capítulo VI, Sección 1ª, del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. V-B. Pág. 13623
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
9010
Extracto de la Resolución, de 6 de marzo, de la Secretaría de Estado
de Transporte s y Movilidad Soste nible , por la que se convoca la
concesión de ayudas directas para el fomento de los servicios públicos
de préstamo de bicicletas, recogidas en el Título II, Capítulo VI, Sección
1ª, del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban
medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad
Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
BDNS(Identif.):819300
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
819300)
Primero.- Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas directas establecidas en los artículos 34
a 46 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, las entidades locales que
presten servicios públicos de préstamo de bicicletas, así como los entes locales
supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango
legal y que presten servicios púbicos de préstamo de bicicletas, con independencia
de la modalidad de gestión del mismo, incluyendo ayuntamientos, diputaciones
provinciales, diputaciones forales, consejos y cabildos insulares, así como
mancomunidades, y comarcas.
Segundo.- Objeto:
La resolución tiene por objeto dar cumplimiento a lo establecido sobre ayudas
directas para el fomento del uso de los servicios públicos de préstamo de bicicletas
en los artículos 34 a 46 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se
aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad
Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
Tercero.- Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes podrán presentarse desde las 9:00 horas del día siguiente al de
la publicación de esta convocatoria en el BOE, hasta las 15:00 horas del día 30 de
abril. Obligatoriamente, se deberán cumplimentar y presentar de forma electrónica,
a través de la Sede Electrónica de este Ministerio: https://sede.transportes.gob.es/
(Áreas de Actividad/Subvenciones).
Cuarto.- Bases reguladoras:
cve: BOE-B-2025-9010
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con el artículo 8 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por
el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, y de
Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, las
solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de abril de 2025, teniendo derecho al
anticipo solo aquellas que se presenten en los 30 días naturales siguientes a la
publicación de la resolución de convocatoria.
Núm. 61
Miércoles 12 de marzo de 2025
Sec. V-B. Pág. 13623
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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
9010
Extracto de la Resolución, de 6 de marzo, de la Secretaría de Estado
de Transporte s y Movilidad Soste nible , por la que se convoca la
concesión de ayudas directas para el fomento de los servicios públicos
de préstamo de bicicletas, recogidas en el Título II, Capítulo VI, Sección
1ª, del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban
medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad
Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
BDNS(Identif.):819300
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
819300)
Primero.- Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas directas establecidas en los artículos 34
a 46 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, las entidades locales que
presten servicios públicos de préstamo de bicicletas, así como los entes locales
supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango
legal y que presten servicios púbicos de préstamo de bicicletas, con independencia
de la modalidad de gestión del mismo, incluyendo ayuntamientos, diputaciones
provinciales, diputaciones forales, consejos y cabildos insulares, así como
mancomunidades, y comarcas.
Segundo.- Objeto:
La resolución tiene por objeto dar cumplimiento a lo establecido sobre ayudas
directas para el fomento del uso de los servicios públicos de préstamo de bicicletas
en los artículos 34 a 46 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se
aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad
Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
Tercero.- Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes podrán presentarse desde las 9:00 horas del día siguiente al de
la publicación de esta convocatoria en el BOE, hasta las 15:00 horas del día 30 de
abril. Obligatoriamente, se deberán cumplimentar y presentar de forma electrónica,
a través de la Sede Electrónica de este Ministerio: https://sede.transportes.gob.es/
(Áreas de Actividad/Subvenciones).
Cuarto.- Bases reguladoras:
cve: BOE-B-2025-9010
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con el artículo 8 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por
el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, y de
Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, las
solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de abril de 2025, teniendo derecho al
anticipo solo aquellas que se presenten en los 30 días naturales siguientes a la
publicación de la resolución de convocatoria.