Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2025-4637)
Resolución 64/2025, de 10 de febrero, de la Dirección Gerencia de la Red de Salud Mental de Gipuzkoa, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Sección Sanitaria de Gestión del Conocimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58
Sábado 8 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 31239
preguntas acerca de aspectos contenidos en la misma para una mayor aclaración o
profundización. Tanto la exposición y defensa del proyecto como la entrevista serán
públicas.
Finalizada la exposición pública de las personas aspirantes, la Comisión de
Valoración procederá a puntuar a cada persona aspirante, de conformidad con lo previsto
en las bases de la convocatoria.
b)
Valoración de méritos.
La Comisión de Valoración realizará la valoración y puntuación de los méritos de
cada una de las personas aspirantes, de conformidad con lo previsto en las bases de la
convocatoria. En el anexo adjunto se recoge el Baremo de Méritos de aplicación a estos
procesos de provisión de jefaturas.
c)
Acta y propuesta de nombramiento.
En acta del Tribunal deberá recogerse detalladamente la puntuación conferida por
los miembros del Tribunal a cada candidato en cada uno de los apartados del baremo,
así como la puntuación final que el Tribunal otorgue a los mismos, debiendo recogerse
asimismo en acta una breve exposición sobre los aspectos que hayan servido de base al
tribunal para otorgar sus puntuaciones tanto al contenido de la Memoria-Proyecto de
gestión del servicio presentada por cada candidato, como de la exposición pública
realizada, así como la asignación detallada de puntos en los otros apartados.
d)
Nombramiento.
Para resultar nombrado/a se requerirá haber obtenido al menos la mitad de la
puntuación máxima del conjunto del proceso, y necesariamente la mitad de la puntuación
otorgada al apartado de la valoración del proyecto y su defensa.
Asimismo, el Acta deberá recoger la propuesta de la Comisión de Valoración en favor
de la persona aspirante que haya obtenido la mayor puntuación.
8.
Resolución del procedimiento
a) Falta de presentación de personas aspirantes.
b) Ninguna de las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos en las bases
de la convocatoria.
c) Ninguna de las personas aspirantes ha obtenido la puntuación mínima requerida.
En el supuesto del apartado a) anterior la Dirección Gerencia podrá declarar desierta
la convocatoria tras la aprobación de la relación definitiva de personas admitidas y
excluidas, sin necesidad de más trámites.
cve: BOE-A-2025-4637
Verificable en https://www.boe.es
Terminada la fase de evaluación de los proyectos presentados por las personas
aspirantes, así como de sus méritos curriculares, la Comisión de Valoración elevará
propuesta de nombramiento dirigida a la Dirección Gerencia, en favor de la persona
aspirante que haya obtenido la mayor puntuación con indicación desglosada de las
puntuaciones obtenidas por los aspirantes en cada epígrafe del baremo. Si ninguna de
las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, o no obtienen la
puntuación mínima requerida, la Comisión de valoración propondrá que se declare
desierta la Convocatoria. Dicha propuesta será publicada en la página web de
Osakidetza.
La Dirección Gerencia, en vista de la propuesta efectuada, dictará resolución
nombrando a la persona aspirante propuesta para la cobertura del puesto convocado o
la declarará desierta. En este último caso deberá indicar la causa que deberá ser por
alguna de las siguientes:
Núm. 58
Sábado 8 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 31239
preguntas acerca de aspectos contenidos en la misma para una mayor aclaración o
profundización. Tanto la exposición y defensa del proyecto como la entrevista serán
públicas.
Finalizada la exposición pública de las personas aspirantes, la Comisión de
Valoración procederá a puntuar a cada persona aspirante, de conformidad con lo previsto
en las bases de la convocatoria.
b)
Valoración de méritos.
La Comisión de Valoración realizará la valoración y puntuación de los méritos de
cada una de las personas aspirantes, de conformidad con lo previsto en las bases de la
convocatoria. En el anexo adjunto se recoge el Baremo de Méritos de aplicación a estos
procesos de provisión de jefaturas.
c)
Acta y propuesta de nombramiento.
En acta del Tribunal deberá recogerse detalladamente la puntuación conferida por
los miembros del Tribunal a cada candidato en cada uno de los apartados del baremo,
así como la puntuación final que el Tribunal otorgue a los mismos, debiendo recogerse
asimismo en acta una breve exposición sobre los aspectos que hayan servido de base al
tribunal para otorgar sus puntuaciones tanto al contenido de la Memoria-Proyecto de
gestión del servicio presentada por cada candidato, como de la exposición pública
realizada, así como la asignación detallada de puntos en los otros apartados.
d)
Nombramiento.
Para resultar nombrado/a se requerirá haber obtenido al menos la mitad de la
puntuación máxima del conjunto del proceso, y necesariamente la mitad de la puntuación
otorgada al apartado de la valoración del proyecto y su defensa.
Asimismo, el Acta deberá recoger la propuesta de la Comisión de Valoración en favor
de la persona aspirante que haya obtenido la mayor puntuación.
8.
Resolución del procedimiento
a) Falta de presentación de personas aspirantes.
b) Ninguna de las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos en las bases
de la convocatoria.
c) Ninguna de las personas aspirantes ha obtenido la puntuación mínima requerida.
En el supuesto del apartado a) anterior la Dirección Gerencia podrá declarar desierta
la convocatoria tras la aprobación de la relación definitiva de personas admitidas y
excluidas, sin necesidad de más trámites.
cve: BOE-A-2025-4637
Verificable en https://www.boe.es
Terminada la fase de evaluación de los proyectos presentados por las personas
aspirantes, así como de sus méritos curriculares, la Comisión de Valoración elevará
propuesta de nombramiento dirigida a la Dirección Gerencia, en favor de la persona
aspirante que haya obtenido la mayor puntuación con indicación desglosada de las
puntuaciones obtenidas por los aspirantes en cada epígrafe del baremo. Si ninguna de
las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, o no obtienen la
puntuación mínima requerida, la Comisión de valoración propondrá que se declare
desierta la Convocatoria. Dicha propuesta será publicada en la página web de
Osakidetza.
La Dirección Gerencia, en vista de la propuesta efectuada, dictará resolución
nombrando a la persona aspirante propuesta para la cobertura del puesto convocado o
la declarará desierta. En este último caso deberá indicar la causa que deberá ser por
alguna de las siguientes: