Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4654)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Consorcio Casa África y la Universidad Fernando Pessoa Canarias, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58
Sábado 8 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 31261
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
universitarias; el Procedimiento de Actuación en la realización de prácticas externas de
la Universidad Fernando Pessoa Canarias; la normativa interna de la Universidad, y
demás legislación vigente al momento de celebración del presente convenio, de
aplicación y concordante con la misma.
2. Que la Universidad Fernando Pessoa Canarias y Casa África se encuentran
interesadas en cooperar en la formación práctica del estudiantado de Grado, Máster u
otros Títulos o Estudios Propios de la Universidad, conscientes de la contribución de las
prácticas externas a la formación integral del alumnado, al complementar su aprendizaje
teórico y práctico, facilitando el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la
realidad profesional, aplicando los conocimientos adquiridos y favoreciendo el desarrollo
de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas.
La obtención de una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de
trabajo y mejore su futura empleabilidad y que favorezca los valores de la innovación, la
creatividad y el emprendimiento son, en definitiva, los fines que se persiguen con la
realización de las prácticas externas.
3. Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de
institucionalizar la colaboración mutua entre las partes implicadas, éstas se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
Este convenio tiene por objeto la realización de prácticas académicas externas,
curriculares o extracurriculares, en Casa África por parte del estudiantado que curse
estudios en la Universidad Fernando Pessoa Canarias y siempre con titulaciones
relacionadas con profesiones o temáticas que estén vinculadas, directa o indirectamente,
con la actividad que se desarrolla en Casa África, que permitan completar sus estudios
universitarios, para una futura incorporación al mundo laboral; a la vez que se contribuya
a la difusión de la actividad del Consorcio Casa África.
La realización de las prácticas en el consorcio se orientará a la consecución de los
objetivos estatutarios de impulso al desarrollo global de las relaciones hispano-africanas
y de promoción de actividades para mejorar el conocimiento mutuo entre España y el
continente africano.
El alumnado que desee solicitar una práctica, para que ésta sea admitida, deberá
estar matriculado en Grado o Máster Oficial u otros Títulos o Estudios Propios de la
Universidad Fernando Pessoa Canarias y cumplir, además, con lo establecido en el
artículo 8.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Duración y horario de las prácticas.
La duración de las prácticas académicas que se realicen en el marco del presente
convenio será la establecida en el correspondiente plan de estudios de la Universidad
Fernando Pessoa Canarias, de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio.
La organización y funcionamiento del Consorcio determinará los periodos y horarios
en que el alumnado seleccionado podrá realizar sus prácticas en Casa África.
Tercera. Tutores.
Para la realización de las prácticas externas el alumnado contará con un tutor o
tutora académico/a de la Universidad Fernando Pessoa Canarias y un tutor o tutora de
Casa África, que serán siempre personas distintas.
cve: BOE-A-2025-4654
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 58
Sábado 8 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 31261
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
universitarias; el Procedimiento de Actuación en la realización de prácticas externas de
la Universidad Fernando Pessoa Canarias; la normativa interna de la Universidad, y
demás legislación vigente al momento de celebración del presente convenio, de
aplicación y concordante con la misma.
2. Que la Universidad Fernando Pessoa Canarias y Casa África se encuentran
interesadas en cooperar en la formación práctica del estudiantado de Grado, Máster u
otros Títulos o Estudios Propios de la Universidad, conscientes de la contribución de las
prácticas externas a la formación integral del alumnado, al complementar su aprendizaje
teórico y práctico, facilitando el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la
realidad profesional, aplicando los conocimientos adquiridos y favoreciendo el desarrollo
de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas.
La obtención de una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de
trabajo y mejore su futura empleabilidad y que favorezca los valores de la innovación, la
creatividad y el emprendimiento son, en definitiva, los fines que se persiguen con la
realización de las prácticas externas.
3. Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de
institucionalizar la colaboración mutua entre las partes implicadas, éstas se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
Este convenio tiene por objeto la realización de prácticas académicas externas,
curriculares o extracurriculares, en Casa África por parte del estudiantado que curse
estudios en la Universidad Fernando Pessoa Canarias y siempre con titulaciones
relacionadas con profesiones o temáticas que estén vinculadas, directa o indirectamente,
con la actividad que se desarrolla en Casa África, que permitan completar sus estudios
universitarios, para una futura incorporación al mundo laboral; a la vez que se contribuya
a la difusión de la actividad del Consorcio Casa África.
La realización de las prácticas en el consorcio se orientará a la consecución de los
objetivos estatutarios de impulso al desarrollo global de las relaciones hispano-africanas
y de promoción de actividades para mejorar el conocimiento mutuo entre España y el
continente africano.
El alumnado que desee solicitar una práctica, para que ésta sea admitida, deberá
estar matriculado en Grado o Máster Oficial u otros Títulos o Estudios Propios de la
Universidad Fernando Pessoa Canarias y cumplir, además, con lo establecido en el
artículo 8.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
Duración y horario de las prácticas.
La duración de las prácticas académicas que se realicen en el marco del presente
convenio será la establecida en el correspondiente plan de estudios de la Universidad
Fernando Pessoa Canarias, de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio.
La organización y funcionamiento del Consorcio determinará los periodos y horarios
en que el alumnado seleccionado podrá realizar sus prácticas en Casa África.
Tercera. Tutores.
Para la realización de las prácticas externas el alumnado contará con un tutor o
tutora académico/a de la Universidad Fernando Pessoa Canarias y un tutor o tutora de
Casa África, que serán siempre personas distintas.
cve: BOE-A-2025-4654
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.