Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4677)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D, en el ámbito de la vigilancia de fronteras, control de tráficos ilícitos e inmigración irregular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58
Sábado 8 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 31511
Ambas partes se reconocen competencia suficiente para el establecimiento de la
presente adenda, y al efecto,
EXPONEN
I. Que, con fecha 19 de febrero de 2024, el Centro para el Desarrollo Tecnológico y
la Innovación, E.P.E. (CDTI) y la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General
de la Guardia Civil), al amparo de lo previsto en el capítulo VI del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, un convenio
relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D («Boletín Oficial del Estado»
número 92, Sección III, de fecha 15 de abril de 2024).
II. Que las partes han detectado, tras la firma del Convenio, una errónea
consignación en éste de la información relativa al poder notarial de don José Moisés
Martín Carretero, Director General del CDTI, E.P.E., para actuar en nombre y
representación de esta entidad.
III. Que, asimismo, las partes han detectado la necesidad de modificar el texto del
convenio, en lo que respecta a su alcance, para incluir la interceptación de
embarcaciones sospechosas de prácticas ilegales o ilícitas sin daño, tanto a los agentes
y a sus medios, como a las embarcaciones a interceptar y a sus ocupantes. Como
consecuencia de ello, resulta necesario modificar el anexo I, «Necesidades Públicas»,
con el fin de ampliar su alcance.
IV. Por último, las partes han considerado oportuno modificar los datos de contacto
para las notificaciones, solicitudes y demás comunicaciones necesarias a los efectos del
convenio. Asimismo, se hace necesario actualizar las referencias normativas incluidas en
el convenio que han sido derogadas, y sustituirlas por las disposiciones normativas
actualmente vigentes.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de
modificación del convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se modifican el primer y segundo párrafo del convenio, bajo el epígrafe
«REUNIDOS», quedando redactados como sigue:
«De una parte, D. José Moisés Martín Carretero, en su calidad de Director
General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (en
adelante, CDTI), actuando en nombre y representación de esta entidad en virtud
de los poderes otorgados en la reunión del Consejo de Administración del CDTI,
celebrada el 2 de febrero de 2024, y protocolizados ante el Notario de Madrid, D.
Alfredo Barrau Moreno, con fecha 5 de febrero de 2024, número 147 de su orden
de protocolo».
Se modifica la redacción del párrafo primero del exponendo sexto, quedando
redactado como sigue:
«Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.10.c) del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior, corresponde a la Jefatura de Servicios Técnicos,
dependiente del Mando de Apoyo de la Guardia Civil, la gestión, control,
mantenimiento y desarrollo tecnológico de los sistemas informáticos, de
telecomunicaciones y equipos especiales asignados a la Guardia Civil, además de
cve: BOE-A-2025-4677
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 58
Sábado 8 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 31511
Ambas partes se reconocen competencia suficiente para el establecimiento de la
presente adenda, y al efecto,
EXPONEN
I. Que, con fecha 19 de febrero de 2024, el Centro para el Desarrollo Tecnológico y
la Innovación, E.P.E. (CDTI) y la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General
de la Guardia Civil), al amparo de lo previsto en el capítulo VI del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, un convenio
relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D («Boletín Oficial del Estado»
número 92, Sección III, de fecha 15 de abril de 2024).
II. Que las partes han detectado, tras la firma del Convenio, una errónea
consignación en éste de la información relativa al poder notarial de don José Moisés
Martín Carretero, Director General del CDTI, E.P.E., para actuar en nombre y
representación de esta entidad.
III. Que, asimismo, las partes han detectado la necesidad de modificar el texto del
convenio, en lo que respecta a su alcance, para incluir la interceptación de
embarcaciones sospechosas de prácticas ilegales o ilícitas sin daño, tanto a los agentes
y a sus medios, como a las embarcaciones a interceptar y a sus ocupantes. Como
consecuencia de ello, resulta necesario modificar el anexo I, «Necesidades Públicas»,
con el fin de ampliar su alcance.
IV. Por último, las partes han considerado oportuno modificar los datos de contacto
para las notificaciones, solicitudes y demás comunicaciones necesarias a los efectos del
convenio. Asimismo, se hace necesario actualizar las referencias normativas incluidas en
el convenio que han sido derogadas, y sustituirlas por las disposiciones normativas
actualmente vigentes.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de
modificación del convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se modifican el primer y segundo párrafo del convenio, bajo el epígrafe
«REUNIDOS», quedando redactados como sigue:
«De una parte, D. José Moisés Martín Carretero, en su calidad de Director
General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (en
adelante, CDTI), actuando en nombre y representación de esta entidad en virtud
de los poderes otorgados en la reunión del Consejo de Administración del CDTI,
celebrada el 2 de febrero de 2024, y protocolizados ante el Notario de Madrid, D.
Alfredo Barrau Moreno, con fecha 5 de febrero de 2024, número 147 de su orden
de protocolo».
Se modifica la redacción del párrafo primero del exponendo sexto, quedando
redactado como sigue:
«Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.10.c) del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior, corresponde a la Jefatura de Servicios Técnicos,
dependiente del Mando de Apoyo de la Guardia Civil, la gestión, control,
mantenimiento y desarrollo tecnológico de los sistemas informáticos, de
telecomunicaciones y equipos especiales asignados a la Guardia Civil, además de
cve: BOE-A-2025-4677
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Segunda.